Un jurado integrado por 12 ciudadanos había hallado culpables la semana pasada a dos hombres por el delito de “abuso sexual simple agravado por la participación de dos o más personas”. Ayer en la sala de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial se llevó a cabo la audiencia de cesura de pena.
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Condena de prisión efectiva para dos abusadores
La semana pasada, un jurado popular los halló culpables. Ayer fue la audiencia de cesura de pena.
El juez director Jorge Palacios escuchó a las partes. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por los fiscales Laureano Palacios y Miguel Mauvecín. La defensa fue ejercida por el defensor Penal Oficial de Primera Nominación Daniel Carrizo y los abogados del foro local Juan Pablo Morales y Rubén Milstein.
Por tratarse de un delito de instancia privada, la audiencia se desarrolló a puertas cerradas. Fuentes judiciales consultadas por El Ancasti indicaron que la Fiscalía había solicitado penas de siete años de prisión. En tanto que la defensa –habida cuenta de que un jurado los halló culpables- pidió la pena mínima.
Luego de escuchar los alegatos, el magistrado resolvió condenar a penas de tres años y tres años y seis meses. Ambas son de cumplimiento efectivo. Finalizada la audiencia, los ahora penados regresaron al Servicio Penitenciario Provincial, donde se encuentran privados de la libertad desde hace algunos meses.
Imputación
Los acusados, en un primer momento, debían responder por el presunto delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas”. No obstante, luego de escuchar a los testigos y de ver la prueba presentada, surgió una alternativa para la acusación: “Abuso sexual simple agravado por la participación de dos o más personas”.
Tras escuchar los alegatos de clausura de las partes y las indicaciones del juez director, los jurados pasaron a deliberar. La deliberación se llevó a cabo por casi tres horas. Finalmente, el jurado arribó a un veredicto. Los acusados fueron hallados culpables por el delito de “abuso sexual simple agravado por ser cometido por dos o más personas”. Es decir, el delito de menor pena.