La causa por el abuso sexual en Patagonia pasó a una nueva instancia. Sergio Eduardo Coria fue declarado culpable en el delito de “abuso sexual simple” –cinco hechos- y condenado a cinco años de prisión pero mantenía la libertad hasta que la sentencia quedara firme. Tras un planteo de la defensa, la Sala Penal de la Corte de Justicia revocó el fallo. Se confirmó la condena por tres hechos y se lo absolvió por otros dos. De esta manera, la pena se modificó de cinco a tres años de prisión en suspenso.
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Abuso en Patagonia: Ingresaron dos recursos para recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación
Los ministros de la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca deberán resolver ambos planteos.
Los abogados del foro local Luciano Rojas, defensor de Coria, como de la querella, Carlos Rosales Vera habían anunciado que presentarían el recurso extraordinario federal para recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Fuentes consultadas por El Ancasti informaron que ingresaron a la Corte de Justicia los recursos de ambas partes. Los ministros de la Sala Penal del máximo tribunal catamarqueño Fernanda Rosales Andreotti, Hernán Martel y Verónica Saldaño deberán resolver.
El caso
La denuncia se radicó en diciembre de 2020. La víctima, una joven de 20 años, era empleada de Coria, en su emprendimiento gastronómico Patagonia. La causa debió sortear varias dilaciones, por planteos efectuados por el acusado, en el ejercicio de su defensa.
En octubre de 2021, se le fijaron restricciones al acusado. En febrero de 2023, la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos no hizo lugar al planteo de la defensa. Un mes después, Coria fue indagado en la Fiscalía de Instrucción de Octava Nominación. En esa instancia, el acusado se mantuvo en silencio.
En abril de 2024, el juez de Control de Garantías Marcelo Sago había rechazado unos planteos presentados por la defensa. El magistrado tampoco hizo lugar a la oposición de citación a juicio. La defensa insistió una vez más y presentó un recurso ante el Tribunal de Alzada. La apelación fue rechazada y se confirmó la elevación a juicio. El debate se abrió el 19 de febrero de 2025. El Tribunal fue presidido por el juez Javier Herrera. El Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal Víctor Figueroa, quien estuvo acompañado por el abogado de la querella Carlos Rosales Vera.
Condena
El 4 de marzo de 2025, el juez Correccional de Tercera Nominación Javier Herrera declaró culpable a Sergio Coria en cinco hechos de “abuso sexual simple” y lo condenó a la pena de cinco años de prisión. Si bien la pena era de cumplimiento efectivo, mantiene la libertad hasta tanto la sentencia quede firme.
En sus fundamentos, el magistrado remarcó que tratándose de un caso de violencia sexual cometida en un contexto de violencia de género, la valoración de la prueba deber ser integral. “Me encuentro frente a cinco hechos delictivos de una especial gravedad, derivada de la condición de la víctima, empleada dependiente del local comercial cuyo copropietario y encargado era Sergio Eduardo Coria. Todas las agresiones sexuales son en su esencia graves, y habilitan una mayor intensidad punitiva. La particularidad de estos casos está dada porque Coria abusó de su condición de jefe-empleador para generar o aprovechar los momentos en que cometió cada uno de los actos, valiéndose de la asimetría de esa relación laboral es que comenzó con un sigiloso acoso a espaldas de la mayoría de los empleados, incrementando su intensidad, pasando al acometimiento sexual. De esta manera, además de violentar el derecho de la víctima a una vida sin violencia, incumplió con su obligación de resguardar a sus dependientes pues, lejos de crear condiciones laborales dignas para la joven, la cosificó al punto de abusarla sexualmente. Se trata de cinco hechos de violencia sexual cometidos en el ámbito laboral, en el lugar y durante el horario de trabajo, que no solo involucran la violación de normas penales, sino la conculcación de derechos y obligaciones de índole laboral”, sostuvo.
Casación
Una vez conocidos los fundamentos de la condena, la defensa de Coria presentó un recurso de casación. La Sala Penal, por mayoría, hizo lugar el pedido de la defensa.
El abogado defensor Rojas cuestionó la aplicación de la perspectiva de género en el proceso y adelantó que evalúan acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “La perspectiva de género resultó una herramienta de suma importancia. Sin embargo, consideramos que su aplicación radical o abusiva provocó resentimiento y daño, generando divisiones en la sociedad. Entendemos que debe encontrarse un nuevo equilibrio”, sostuvo.
En tanto que el abogado querellante Rosales Vera consideró que la Corte dejó en libertad “a un delincuente que ha cometido abusos sexuales aprovechándose de la circunstancia de ser dueño de un bar”. “Hay un aspecto que tiene que ver con que la Corte ha ratificado la responsabilidad de Coria en estos abusos. Eso es importante. En lo que yo discrepo es que la Corte, en un gesto de absoluta benignidad inadmisible desde mi punto de vista, ha reducido la responsabilidad a un nivel que no permite la detención”, señaló.