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En la sala de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA)

Abrió un juicio por jurados por un delito contra la integridad sexual

25 de julio de 2024 - 01:05

En el ámbito de la sala de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial ayer se dio inicio a un juicio por jurados. El acusado debe responder por “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar un grave daño a la salud mental, continuado” y “violación de domicilio en concurso ideal con desobediencia judicial todo en concurso real en calidad de autor”. Los hechos fueron denunciados en 2020 en la Capital. El acusado llegó a debate privado de la libertad.

El juez Miguel Lozano Gilyam fue elegido, mediante sorteo, como juez director. En tanto que el Ministerio Público Fiscal es representado por el fiscal del caso Hugo Leandro Costilla, quien estuvo a cargo de la investigación, y del fiscal de Cámara Augusto Barros. Mientras que la defensa es ejercida por la defensora Penal Oficial de Cuarta Nominación Lorena Paschetta.

Como primera medida se dio inicio a la audiencia de selección de jurados, también conocida como audiencia de voir dire. En esta instancia se definieron los 12 ciudadanos a través de un mecanismo de exclusiones. El objetivo es obtener el jurado imparcial e independiente encargado de deliberar sobre la culpabilidad o no culpabilidad del imputado por abuso sexual.

Tras seleccionarse a los jurados se dio inicio al debate propiamente dicho con los alegatos de apertura de las partes, Ministerio Público Fiscal y la Defensa. Por tratarse de un delito de instancia privada, el juicio popular se desarrolla a puertas cerradas. Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que luego de efectuarse la selección de los jurados titulares y suplentes y de un cuarto intermedio, se dio inicio al debate de la causa por delitos contra la integridad sexual, con las instrucciones iniciales del juez director Lozano Gilyam. Posteriormente tuvieron lugar los alegatos de apertura del Ministerio Público Fiscal y de la defensa del imputado. Por la tarde, se escuchó la declaración de cuatro testigos ofrecidos por la Fiscalía.

Normativa

Ley Provincial 5719 de Juicio por Jurados estipula que será competencia del sistema de juicios populares las causas cuyos imputados tengan en abstracto penas de 20 años o más de prisión o reclusión.

Acusados por delitos sexuales agravados, homicidios (tentados y consumados) y los femicidios en particular podrán ser juzgados por un jurado popular. De acuerdo con la Ley, los juicios por jurados se realizan en el lugar (o circunscripción) donde se cometió el hecho. El objetivo es que los vecinos sean los que juzguen.

Según la normativa, las causas para ser juzgadas por jurados populares corresponden a hechos cometidos luego del 3 de diciembre de 2021 –cuando entró en vigencia la Ley- o cuya elevación a juicio es posterior a la entrada en vigencia de la legislación en cuestión.

Los jurados seleccionados no pueden negarse porque es un deber cívico. Es decir, es una carga pública, como ir a votar. No obstante, solo podrán excusarse en situaciones muy particulares, como residir en el extranjero o si la persona tiene más de 70 años, entre otras cuestiones.

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