“Si el hombre fracasa en conciliar la justicia y la libertad, fracasa en todo”, reza una frase del célebre Albert Camus.
Las Defensorías Penales Oficiales de la Primera Circunscripción Judicial participan en todas las etapas del proceso penal desde la investigación penal preparatoria, hasta la de ejecución de la pena e inclusive durante el régimen disciplinario del interno y el recurso federal de casación, en algunas oportunidades.
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Seis defensores oficiales enfrentan a 15 fiscales en distintas instancias
La Primera Circunscripción Judicial comprende los departamentos de Ambato, Ancasti, Capayán, Capital, El Alto, Fray Mamerto Esquiú, Paclín, Santa Rosa y Valle Viejo. Sin embargo, esta jurisdicción cuenta con seis defensores Penal Oficiales sobre nueve fiscales de Instrucción, tres fiscales Correccionales y tres fiscales de Cámara.
Valeria Olmedo, defensora Penal Oficial de Tercera Nominación, y Estanislao Reinoso Gandini, defensor Penal de Sexta Nominación, consultados por El Ancasti sobre la paridad de armas en el proceso penal, indicaron que “la defensa pública oficial es custodio y garante de los derechos individuales. En el Fuero Penal entran, específicamente en juego, el derecho de libertad, el derecho de defensa y la presunción de inocencia, entre otros”.
Además, explicaron que el diseño constitucional argentino dispone que cada estado provincial establezca su propio sistema de administración de justicia y por supuesto, sancione su propio código de procedimientos. A tal fin, se deben respetar los principios y las garantías establecidos en la Constitución Nacional. “Nuestra provincia cuenta con un código de procedimientos de los llamados de ‘segunda generación’. Se trata de un sistema mixto donde la defensa no cuenta con facultades autónomas de investigación, sino que debe requerir medidas probatorias al fiscal de instrucción, y éste, en el marco de la denominada ‘evacuación de citas’, en caso de considerarlas útiles y pertinentes, las autoriza. Podemos advertir que no hay actualmente igualdad de armas entre la defensa técnica y la parte acusadora”, remarcaron.
En este contexto, explicaron que el imputado junto con el defensor oficial enfrenta al aparato estatal que acusa, representado por un Fiscal de Instrucción. Este cuenta con gran número de auxiliares: Policía Judicial, Policía de Seguridad y equipos técnicos. “Incluso el flamante Laboratorio Satélite que funciona en Valle Viejo se denomina ‘Laboratorio Satélite para el Ministerio Público Fiscal’. La defensa, por su parte, carece de auxiliares. En el Valle Central hay seis defensores penales que asisten durante la investigación penal preparatoria a toda persona que requiera defensa oficial por hechos acaecidos en el ámbito de la Primera Circunscripción Judicial, frente a nueve fiscales de instrucción que cuentan con esa gran cantidad de auxiliares. Durante la segunda etapa del proceso penal, es decir, cuando la causa es elevada a juicio, estos mismos seis defensores oficiales continuarán la asistencia técnica de sus defendidos y a ellos se suman todos aquellos cuyas causas han sido elevadas a juicio por las Fiscalías de Instrucción del interior provincial. En esta etapa trabajarán frente a otros seis fiscales distintos de los de la instrucción. Cada una de las tres Cámaras de Sentencia en lo Criminal y cada uno de los Tres Juzgados Correccionales cuentan con su propio fiscal. Entonces, estamos hablando de un total de quince fiscales frente a seis defensores oficiales”, señalaron.
El proceso no termina en el dictado de la sentencia, aclararon. Eventualmente, continúa con etapa recursiva y con la posterior ejecución en caso de haber recaído condena, ya sea esta condicional o efectiva.
“El derecho a la igualdad de armas, y en concreto, a producir prueba en forma autónoma por parte de la defensa durante la primera etapa del proceso, sin lugar a dudas integra el derecho de defensa en juicio, y en sentido amplio, el derecho a un proceso justo. Es sumamente importante que las partes estén en igualdad de condiciones durante el proceso. De esta manera, se logrará una defensa proactiva en pie de igualdad con la parte acusadora”, se consideró.
Expectativas
Los defensores Olmedo y Reinoso Gandini comentaron que si bien, actualmente se puede advertir que no hay en Catamarca igualdad de armas en sentido estricto -por la evidente desigualdad entre la parte acusadora y la defensa en cuanto a número de integrantes y recursos, se puntualizó-, sí observan con satisfacción que, en este último tiempo, se inició un proceso de transición. “Nos puede llevar a ello, primero, con la media sanción de la Ley de juicio por jurados, que resguarda y fortalece las garantías procesales de la persona imputada y permite que esta sea juzgada por sus pares. Consideramos que este anhelo de cambio y fortalecimiento de nuestra querida defensa oficial se verá seguramente concretado con la llegada de un nuevo Código de Procedimiento Penal y, eventualmente, con la reforma constitucional que dote de real autonomía a la defensa pública”, expresaron.
En ese sentido, indicaron que para que la defensa se sienta respaldada, es necesario una ley que implemente el Ministerio Público de la Defensa, que a su vez cuente con su propio Cuerpo Interdisciplinario Forense, con psicólogos, trabajadores sociales y psicopedagogos, entre profesionales y con su propio equipo de investigación -Policía Judicial exclusiva- a los fines de que por ejemplo, puedan concurrir a los barrios donde se cometió el presunto delito y entrevistarse con los vecinos y recolectar testimonios, precisaron.
“De esta manera, tendremos nuestro propio legajo o expediente para elevar al juez quien decidirá si es pertinente elevar la causa a juicio o no. Es por ello que es necesario que haya Ministerios Públicos Fiscales y de la Defensa independientes, autónomos y autárquicos, así tendremos verdaderas estructuras funcionales que, con sus propios recursos, puedan administrar una mejor justicia”, consideraron ambos defensores penales oficiales.
Mujeres vulneradas con defensa oficial
En la práctica, la Defensa Pública tuvo participación en causas que marcaron precedentes. En estos casos, se dio asistencia a mujeres que, atravesadas por la violencia, ocuparon el banquillo de las acusadas y fueron condenadas. Sin embargo, por la acción de la Defensa Pública pudieron recuperar la libertad.
En agosto de 2018, la Corte de Justicia de Catamarca absolvió a Paola, una mujer que en octubre de 2017 había sido condenada a prisión perpetua. La joven fue sentenciada junto con su pareja, al haber sido hallados culpables en el delito de “homicidio agravado por alevosía”. La defensora penal oficial de Quinta Nominación Mariana Vera casó la sentencia ante la Corte catamarqueña. La joven “era víctima de violencia de género y se encontraba inmersa en un círculo de violencia del que no podía salir”, se fundamentó en el fallo.
A mediados de mayo, Ana María pudo salir del Hogar Warmi sin vergüenza. Allí se encontraba cumpliendo prisión domiciliaria. En octubre de 2016, su pareja la agredió –ya lo había realizado anteriormente, de acuerdo con denuncias asentadas-. Lo roció con alcohol y le prendió fuego. En 2018, fue condenada a 12 años. Hasta entonces, había contado con defensa particular. María Carrizo la asistió en la investigación e Iván Sarquís en el debate. Luego, su abogado casó el falló. Aunque el supremo tribunal catamarqueño confirmó la sentencia, se recurrió al recurso federal, en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). En abril, la CSJN resolvió que “se deja sin efecto la sentencia apelada”. En esta instancia, la defensora Penal Oficial Mariana Vera tomó la posta y solicitó la inmediata liberación (aunque de manera provisoria), al considerar que con este fallo cesaba la prisión preventiva que obraba sobre Ana María.
Recientemente, el defensor oficial Reinoso Gandini solicitó el sobreseimiento para una joven imputada por “abandono de persona agravado por el vínculo”. Consideró que la acusación no tuvo perspectiva de género.