A mediados de enero último, una bebé de días de nacida fue hallada en inmediaciones de un inmueble donde funciona una institución comunitaria, en una localidad de Capayán. A la brevedad, la niña fue asistida. Como primera medida fue llevada al centro de salud local, donde se pudo constatar que la bebé estaba bien. Luego, fue trasladada a la Maternidad Provincial 25 de Mayo, en la Capital, para garantizar una atención especializada.
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“Una acusación sin un abordaje desde la perspectiva de género"
Por su parte, la Fiscalía de Instrucción en feria había comenzado las averiguaciones pertinentes para dar con la persona que había dado a luz a la bebé. Una joven mujer de 21 años –madre de otro bebé de 18 meses- fue sindicada. El alumbramiento se había realizado cinco días antes, en su casa, sin ningún tipo de asistencia durante el parto y posparto. Ante esta situación, también fue trasladada a la Maternidad para recibir atención médica. No obstante, fue imputada por el delito de “abandono de persona agravado por el vínculo”.
Finalizada la feria, la investigación –con la joven ya formalmente acusada- fue remitida al fiscal de Instrucción de Novena Nominación, Jonathan Felsztyna. Además, la joven –que en un primer momento tuvo defensa particular- pasó a ser asistida por el defensor oficial penal de Sexta Nominación, Estanislao Reinoso Gandini.
Días pasados, desde la defensa pública, se elevó el pedido de sobreseimiento para la joven. De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, tras la investigación realizada y las pericias efectuadas, el defensor consideró que cuando hay mujeres imputadas de algún delito debe haber una mirada del derecho desde una perspectiva de género. Al respecto, aclaró que el objetivo no es buscar la impunidad del delito, sino por el contrario, tener una mirada integradora de la normativa vigente, pero sin dejar de lado otros parámetros necesarios para poder darle una solución justa al presente conflicto, sin discriminar.
Como primera medida, destacó que la joven no tiene antecedentes penales. El informe socio-ambiental detalló que la joven tiene secundario incompleto, es ama de casa, a su vez es beneficiaria de la asignación universal por hijo. También consta en este informe que convive con su hijo, sus dos padres, dos hermanos y un sobrino. Es decir, conviven en dicha vivienda seis personas entre niños, niñas y adultos. A la vez, recibe visitas ocasionales del progenitor de su hijo mayor, quien aporta escasamente desde lo económico a su mantención.
A la vez, se indicó que cursó este segundo embarazo en secreto por temor a que se entere su padre, lo que la motivó a colocarse una faja para que no se le notara la panza, situación ésta que la coloca en un estado de vulnerabilidad aún mayor, se destacó.
Para el defensor, a su estado de madre soltera de escasos recursos económicos se le sumaba una nueva hija transitando un embarazo bajo secreto, sin el acompañamiento de su progenitor, quien se desentendió desde el momento en que quedó embarazada y a su vez no contó con el acompañamiento de su familia, otro factor que se suma a los ya mencionados.
Asimismo, el informe psicológico concluyó que, sin dudas, estas razones –entre otras cuestiones- eran las que la condicionaban, tenía miedo, soledad, escasa formación, nula contención, pobreza; en pocas palabras un estado de total vulnerabilidad, que desembocó en el hecho por el cual se la detuvo.
“Es de resaltar que el embarazo transitado sin contención familiar, profesional o del progenitor de la niña, termina contextualizando el estado de vulnerabilidad por el cual atravesaba al momento del parto y esa perspectiva sociocultural fue la que no se tuvo en cuenta al momento de imputarla. Es por ello que consideramos que no hubo un avocamiento de la causa desde la perspectiva sociocultural que se ha descripto”, fundamentó Reinoso Gandini.
Además, sostuvo que hubo una “acusación sin un abordaje desde la perspectiva de género. Sin perjuicio de lo ya expuesto, debemos manifestar que nos encontramos con una aplicación del derecho penal sin un abordaje con perspectiva de género”, insistió.
En ese contexto, la perspectiva de género tiende a igualar la aplicación de derechos desde otra mirada, teniendo presente que estamos hablando de una mujer de escasos recursos económicos, intelectuales y psicológicos imputada del delito de abandono de su hija, a la cual tuvo sin asistencia de médicos, de su familia ni de ninguna otra persona”, insistió.
Protocolo de resguardo para recién nacidos
Con el objetivo de resguardar los derechos de los bebés recién nacidos y de que no sean vistos como objeto de tutela o de deseo, tras dos años de trabajo entre el Poder Judicial, a través de las Asesorías de Menores y Juzgados de Familia, del gabinete de Salud, por medio de la Maternidad Provincial 25 de Mayo y del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Secretaría de Familia del Ministerio de Desarrollo Social y Deportes, entró en vigencia un nuevo protocolo de resguardo.
Entre otras cuestiones, se deja establecido en este protocolo que “no es función del área de Salud encontrar una familia al recién nacido”. En caso de que los progenitores decidan no ahijar, debe intervenir el Sistema de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes. Luego, el juez de Familia interviniente procederá a la declaración en estado de adoptabilidad del niño o niña y efectuará la selección de los postulantes aptos para ahijar. Este Protocolo establece pautas mínimas para el abordaje, atención y prácticas profesionales administrativas y judiciales, respecto de la protección de recién nacidos, frente a la posible vulneración de su derecho a la vida familiar. Dado que los hijos que son adoptados siempre quieren buscar su origen, la idea es que no queden marcados por el estigma del abandono.