sábado 26 de septiembre de 2026
EN MAYO DE 2006 SE APROBÓ LA LEY PROVINCIAL 5180

Una demora de más de 15 años para la creación del Centro de Atención

Por Redacción El Ancasti

Niños, niñas y adolescentes forman parte del colectivo de grupos socialmente vulnerables. En ocasiones suelen ser víctimas de delitos contra la integridad sexual o de la violencia familiar. También atravesar por consumos problemáticos de sustancias que suelen llevarlos a estar en conflicto con la ley penal. 

Si bien el Estado, a través de distintas legislaciones, desde la Convención de Derechos del Niños hasta las normativas nacionales y provinciales, asume un compromiso, en ocasiones algunas cuestiones caen en el olvido. El 9 de mayo de 2006 se publicó en el Boletín Oficial la Ley Provincial 5180 de Creación del Centro de Atención Integral a la Niñez y la Adolescencia. Visto en la distancia, se trataba de un dispositivo de avanzada para el abordaje de chicos y chicas, más aún si se tiene en cuenta que en los últimos años comenzaron a estar en la agenda pública las problemáticas de violencia, abusos sexuales, adicciones y la prevención del suicidio. 

De acuerdo con la normativa, el Centro estará conformado por un equipo de profesionales de diferentes disciplinas: sociólogos, psicólogos, médicos, psiquiatras, trabajadores sociales, docentes altamente capacitados en la problemática y demás profesiones pertinentes. Además, el establecimiento se abocará a la protección integral de chicos y chicas, promoción de la contención en su entorno familiar, estrategias alternativas a la institucionalización, amparo a víctimas de violencia y explotación sexual y amparo a víctimas de explotación laboral y mendicidad y respeto a su intimidad y privacidad.

“El objetivo fundamental del Centro de Atención Integral a la Niñez y Adolescencia deberá estar basado en tres alternativas, sin perjuicio de otras que la autoridad de aplicación prevea: Hogar Alternativo, Hogar de Día y Callejeadas”, se indicó.

El tiempo no para
Por último, en el artículo 5, se establece que la autoridad de aplicación de la presente normativa será “la Secretaría de Desarrollo Social, a través del área pertinente, o el organismo que en el futuro la reemplace, quien deberá reglamentarla dentro de los 60 días de su promulgación y designar al personal profesional y auxiliares que conformarán el Centro”, establece la norma. Ya pasaron 15 años, un mes y una semana y el Centro no funciona.

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