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HOY, EN LA CÁMARA PENAL DE TERCERA NOMINACIÓN

Se leerán los fundamentos de la condena a Aybar

El juez Jorge Palacios lo halló culpable en el delito de “abuso sexual simple agravado” y lo condenó a seis años de prisión.
1 de septiembre de 2020 - 01:08 Por Redacción El Ancasti

El viernes 14 de agosto, Enrique del Carmen Aybar, intendente de Puerta de Corral Quemado, Belén, fue hallado culpable en el delito de “abuso sexual simple agravado por ser responsable de la guarda”. El juez Jorge Palacios, en un debate unipersonal, en la Cámara Penal de Tercera Nominación, fijó una pena de seis años de prisión. No obstante, el jefe comunal mantendrá la libertad hasta tanto la sentencia quede firme. 

De acuerdo con los plazos judiciales, para hoy está prevista la lectura de los fundamentos de la condena. Luego, la defensa tiene un plazo de 10 días para casar. Hasta la semana pasada, los abogados Daniel Ortega y Gonzalo Ferreras eran sus defensores, pero presentaron la renuncia. En su lugar, asumió el abogado del foro local Pedro Justiniano Vélez. 

En abril de 2013, Aybar había viajado desde Puerta de Corral Quemado junto con una adolescente de 15 años y su madre hacia la Capital, con la promesa de gestionar una beca estudiantil. Era la primera vez que la chica viajaba a la Capital. Mediante engaños, dado que la adolescente no conocía la ciudad, la llevó hasta un motel donde intentó abusar sexualmente de ella. Como pudo, la chica logró salir de esa situación y le contó lo sucedido a su madre, quien realizó la denuncia penal correspondiente. 

Así, comenzó un largo proceso de más de siete años, hasta que finalmente Aybar pudo ocupar el banquillo de los acusados y finalmente fue declarado culpable por un Tribunal Criminal. 

A puertas cerradas
Por tratarse de un delito de instancia privada, la audiencia se realizó a puertas cerradas, sin público, a fin de resguardar a la joven denunciante. Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que la denunciante pudo declarar con la asistencia de una psicóloga de la Oficina de Asistencia a la Víctima de Delitos. Con esta audiencia, se sentó un precedente: por primera vez, por pedido expreso, una denunciante pudo declarar con asistencia profesional. La joven presentó una nota, en la que solicitó contención y acompañamiento, invocando la Ley Nacional 27.372 de Derechos de Personas Víctimas de Delitos. Tras la presentación del escrito, el Tribunal labró el oficio correspondiente para que la joven pueda contar su testimonio, asistida por una profesional.   

Voces
De esta manera, la joven ratificó su denuncia y contó con detalles lo sucedido en aquella ocasión. En tanto que Aybar mantuvo su inocencia. Tras el veredicto, el jefe comunal salió sonriente del Tribunal.

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