En el Tribunal Oral Federal (TOF) se realizó una audiencia por infracciones a la Ley Nacional 23.737 de Estupefacientes. En esta ocasión, cinco acusados compartieron el banquillo de los acusados. El debate se realizó en una audiencia abreviada. El Tribunal estuvo integrado por los jueces Enrique Lilljedahl, Juan Carlos Reynaga y José Camilo Quiroga Uriburu. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal General ante el TOF de Catamarca, Rafael Vehils Ruiz. En tanto que los imputados Héctor Rogelio “Zata” Ríos (31), Gonzalo Antonio “Pelado” Ríos (32) –ambos hermanos-, junto con tres mujeres más, entre ellas una hermana menor (24) y una mujer de 31 años contaron con el asesoramiento de los defensores públicos oficiales del Fuero Federal Hugo Vizoso y Víctor Manuel Moreno.
- El Ancasti >
- Policiales >
Hermanos, condenados a cuatro años y cinco años y seis meses de prisión
El menor de los hermanos Ríos llegó imputado por el delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en dos hechos en concurso real”. En tanto que el hermano mayor llegó imputado por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”. Ambos acusados asumieron su responsabilidad en los hechos que les fueron endilgados.
Tras la confesión, Héctor Rogelio Ríos fue condenado a la pena de cinco años y seis meses de prisión. Su hermano Gonzalo debe purgar una pena de cuatro años de cárcel. No obstante, atento que la pena solicitada es de cumplimiento efectivo, se requirió al TOF que disponga que la medida sea de ejecución en la modalidad de prisión domiciliaria, hasta tanto se superen los riesgos provocados en razón de la pandemia de COVID-19. Para la adopción de la medida podrán tomarse en cuenta todos los recaudos, como la implementación de dispositivos electrónicos de control y adoptarse todos los recaudos de ley.
Los hechos
La investigación que llevó a los imputados al banquillo se inició el 24 de abril de 2014. En aquella oportunidad se determinó que Héctor Rogelio “Zata” Ríos era el “encargo” de esconder sustancias estupefacientes en su casa, en un populoso barrio de la zona sur de la Capital.
De acuerdo con la investigación realizada, en mayo de 2015 fue demorado por personal policial con 18 gramos de marihuana. Días después, se realizó un allanamiento en su vivienda. Del registro se logró el secuestro de una cartera, la cual se encontraba en la habitación de su hermana, que contenía 493 gramos de marihuana. Dentro de la habitación, en un placard, se logró el secuestro de una balanza digital y la suma de $2.500. En otro lugar de la casa se encontraron 12 gramos más de marihuana, como así también recortes de nailon de los utilizados comúnmente para confeccionar las denominadas “bochitas”.
En otro hecho, en octubre de 2016, “Pelado”, “Zata” y la joven de 31 años fueron sindicados como los encargados de ‘cocinar’ cocaína, para su posterior fraccionamiento y comercialización.
Este trabajo se realizaba en el domicilio de la madre de los hermanos Ríos. También se pudo determinar que enfrente de la vivienda mencionada anteriormente se encontraba un terreno con una construcción precaria, propiedad de la familia Ríos, la cual también era utilizada por Héctor Rogelio Ríos para ocultar y preparar sustancias estupefacientes. Durante el allanamiento se logró ubicar sobre un estante una licuadora que contenía restos de una sustancia blanca tipo polvo.
En un mueble, se encontraron 74 gramos de una sustancia tipo polvo, de color blanco, la cual al ser sometida a una prueba de campo arrojó como resultado un leve contenido de probable cocaína. En otra habitación se halló un envoltorio que contenía 16 gramos de cocaína y otro envoltorio con “pasta base”. También se halló acetona y en un recipiente había restos de cocaína adherida al plástico. Al registrar el techo de la vivienda se logró el secuestro de una bolsa de nailon verde, la cual estaba guardada en la losa donde se encontraba asentado el tanque de agua, que contenía en su interior 465 gramos de cocaína.
Tres mujeres beneficiadas con la probation
En otro orden, en el marco de la misma audiencia, las tres mujeres que llegaron al TOF para ocupar el banquillo de los acusados obtuvieron la suspensión del juicio a prueba. La hermana menor de los imputados Ríos llegó imputada por el delito de “facilitación de lugar para que se realicen actividades violatorias a la Ley de Estupefacientes”. En tanto que la madre de los tres acusados debía responder por “facilitación de lugar para la guarda de estupefacientes” y la joven de 31 años fue acusada por el delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de partícipe secundario”.
Se advirtió que la conducta disvaliosa enrostrada a las acusadas estipula una escala penal que admite la posibilidad de una condena en suspenso y ante la carencia de antecedentes penales de las imputadas podrían verse favorecidas en la suspensión del juicio a prueba, también conocida como probation. Para tal fin, las mujeres se comprometieron a realizar trabajo comunitario en una entidad de bien público. El importe dinerario que abonarán en concepto de indemnización y multa que será impuesto por el Tribunal.
La suspensión del juicio a prueba es un derecho que la ley acuerda a ciertos y determinados individuos que han sido acusados formalmente de haber cometido un delito o más que darían lugar a la condena condicional. La idea es que se suspenda el trámite del proceso para que el sospechado cumpla con ciertas pautas de conducta; una vez cumplidas y transcurrido el plazo de suspensión, se resuelva su desvinculación definitiva y queda absuelto.