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Este miércoles

Audiencia en Apelación Penal Juvenil por el crimen de Rasguido

27 de julio de 2020 - 01:00 Por Redacción El Ancasti

La causa por el crimen de Agustín Rasguido (18) inicia otra instancia. El hecho ocurrió en diciembre del año pasado, en El Bañado, Santa Rosa. Marcos Elías Abraham Nievas, un joven de 19 años, fue el primer sospechoso y permaneció 99 días prófugo de la Justicia. 

Si bien en un primer momento el caso fue investigado en el marco del fuero ordinario, al advertirse que en el hecho de sangre habría participación de una adolescente de 15 años, inimputable por la edad, el fiscal de instrucción Federico Maturano declinó la competencia al Fuero Penal Juvenil.

El 2 de abril último fue hallado Elías Nievas en la localidad de Parque San Martín, en el partido de Merlo, Buenos Aires. Tras un importante operativo, en el contexto de aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de COVID-19, fue trasladado a Catamarca. 

El fiscal Penal Juvenil Guillermo Narváez  acusó a Nievas por los delitos de “homicidio agravado por alevosía” y “tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal”. 

En ese momento Nievas se abstuvo de prestar declaración. 

La indagatoria se llevó a cabo en el octavo piso del edificio de la Fiscalía Penal Juvenil, en calle Sarmiento al 700.

Incompetencia

A finales de abril, su abogado defensor Jorge de la Fuente planteó la incompetencia del Fuero. No obstante, el pasado 17 de julio, el juez Penal Juvenil Fabricio Gershani Quesada confirmó la prisión preventiva para Nievas. 

Si bien su defensor había planteo la libertad bajo una caución, el magistrado especializado había remarcado que el acusado, sobre quien pesa una imputación que prevé como pena la prisión perpetua, estuvo prófugo durante más de tres meses. 

Este miércoles, se realizará la audiencia por el planteo de competencia del Fuero en la Cámara de Apelación Penal Juvenil. El Tribunal estará integrado por el juez Penal Juvenil Rodrigo Morabito y los jueces camaristas Mauricio Navarro Foressi y Luis Guillamondegui.

Fuero de atracción 

De acuerdo con el artículo 19 de la Ley 5544 de Responsabilidad Penal Juvenil, el Tribunal Penal Juvenil ejercerá como Fuero de Atracción cuando un adolescente y una persona mayor de edad estén sindicadas de haber cometido algún delito. 

Se aborda de lo particular a lo general y, de esta manera, al adolescente se le garantizan todos sus derechos, por su condición de tal. No obstante, a la persona adulta durante todo el proceso se lo trata como tal. 

En mayo pasado, un hombre llegó al Tribunal Penal Juvenil imputado por los delitos de “robo doblemente agravado por el uso de arma y por la participación de un menor de 18 años”. A principio de mes, junto con un chico de 13 años, habría asaltado con un cuchillo a un taxista.n

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