El Ministerio Público Fiscal con relación a la acusación que pesaba sobre Gabriela Soledad Argañaraz tuvo otra mirada. El fiscal Bergesio indicó que ante la afrenta de Luján y sus amigos, los acusados Olivera y Chanampa tenían derecho a defenderse. “Hubo una provocación. No pueden manifestar defensa propia”, advirtió pero con Argañaraz hay una excepción. “Ella podría haber defendido su casa”, aclaró. Para Bergesio, la acusada pudo haber tenido una actitud de defensa, dado que no había participado del primer hecho de la provocación, que inició la reyerta fatal. Por ello, consideró que en ambos hechos por los que se la imputó, actuó con exceso en la legítima defensa, por lo que pidió para Argañaraz una pena mínima, de dos años y seis meses.
A su turno, el abogado defensor Roberto Mazzucco señaló que Luján y compañía habían ido a vengarse y a atacar. “Ella solo gritaba pidiendo auxilio. La casa era una trampa mortal. Sabían que había una mujer, pero lo mismo ingresaron. No hubo exceso en la legítima defensa. Ella solo se defendió. Se comió un año y pico presa. Fue injusto”, advirtió. Al respecto, el abogado destacó que su cliente estuvo privada de la libertad, dado que no hubo un cambio de calificación ni tampoco se pudo mejorar su situación. El defensor pidió que sea absuelta por el beneficio de la duda, por la imputación por “lesiones” y, por el delito de “homicidio en grado de tentativa”, exigió la absolución por la legítima defensa.