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OPINIÓN

Un nuevo escenario para proteger

27 de abril de 2020 - 01:00 Por Redacción El Ancasti

“En estos difíciles tiempos de aislamiento y redes sociales, me vienen a la mente como operador del sistema judicial y como docente de la Facultad, dos cuestiones que pueden resultar de interés a la sociedad, pero fundamentalmente de advertencia ante conductas que pueden parecer divertidas, anecdóticas, humorísticas o novedosas pero que eventualmente serán consideradas delito por las autoridades y sujetas a su accionar.
En primer lugar, ¿es posible en publicaciones en redes sociales (WhatsApp, Twiter, Facebook, Instagram) atentar contra bienes o derechos protegidos en el Código Penal? La respuesta por supuesto es sí, delitos de todo tipo, contra la integridad sexual, el patrimonio o el honor, entre otros, se pueden cometer pero sobre ataques contra el Orden Público como la Instigación a Cometer delitos. Ya existió un caso donde un individuo fue imputado y detenido por instar —a través de Facebook— que se incumpla el aislamiento social obligatorio, dispuesto por las autoridades nacionales y provinciales, y ya sería indagado por el  representante del Ministerio Público Fiscal.
Como también a través de variados canales de comunicación on-line se conocen y difunden manifiestos donde en forma anónima o dando su apelativo en la red otras muchas personas incitan, estimulan o animan a los demás a llevar a cabo acciones que son delitos, tales como en forma voluntaria o involuntaria propagar una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas (artículos  202 y 203 del Código Penal). Por lo que recomiendo a los lectores que en las redes cuiden su vocabulario y eviten este tipo de publicaciones que pueden traer aparejadas en sus vidas una mancha en sus antecedentes y un arrepentimiento en su consciencia.
Pero, como segunda cuestión quisiera como docente de la Facultad de Derecho (y únicamente desde esa posición) reflexionar con ustedes sobre lo acontecido en algunas clases virtuales que se están desarrollando en el ámbito académico. A raíz de la pandemia, no le ha quedado más remedio a las instituciones educativas que continuar con el dictado de clases a través de herramientas informáticas en el ciber-espacio. Estas han tomado a muchos de los educadores poco preparados en ese ámbito y desprevenidos y hasta a las mismas autoridades les ha costado mucho esfuerzo planificar, adaptar, difundir sus contenidos y desarrollos por la web en tan poco tiempo.
Se han comenzado a conocer, en este ámbito, y probablemente por inexperiencia de profesores y alumnos a las que hice referencia, invasiones a las clases, interrupciones, ingresos subrepticios y malintencionados de sujetos, que en videoconferencias educativas han publicado, mostrado a los participantes imágenes impúdicas y filmaciones vergonzosas de todo tipo, llegando también y esto en nuestro ámbito vernáculo, a efectuar exhibiciones obscenas a los alumnos durante las conferencias.
Tal accionar, además de despreciable, molesto, inútil, triste y patético también es delito, y esperamos que las autoridades no tarden en encontrar (por medio de las pericias informáticas sería posible hacerlo) al autor o autores de semejantes aberraciones y aplicar las sanciones que corresponden y que el Código Penal Argentino contempla en el Capítulo dedicado a los abusos, sin dejar de mencionar que además quien indebida e ilegalmente irrumpa en una clase atenta contra la libertad de las personas bajo la posible figura de Violación de Secretos y de la Privacidad”.

Gustavo Bergesio

Profesor Derecho Penal II en la Universidad de Catamarca y fiscal

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