Acababa de ser violentada por su pareja. Como pudo, llegó hasta la Comisaría Octava, pero, en principio, fue ignorada y luego la trataron de “gordita”. A finales de septiembre en el Juzgado Correccional de Tercera Nominación se desarrolló el debate por este hecho de violencia de género. Ella relató lo que había pasado en la madrugada del 9 de junio de 2019 y el trato que tuvo en esa seccional, donde se había acercado para denunciar. Al conocerse el veredicto, además de la pena para el acusado, el juez Javier Herrera ordenó que el personal policial de esta Comisaría reciba capacitación en materia de género.
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"El personal policial tuvo una actitud de discriminación estructural hacia la mujer"
“Al llegar a la Comisaría fue ignorada por el personal policial, quienes se fueron en el móvil pese a ver la situación, haciéndose presente Bazán García –el acusado-, el cual procuraba calmarla, victimizándose. Al ver que no lo lograba, se fue del lugar dejando el automóvil. Posteriormente regresó el móvil policial y los policías atinaban a decirle ‘¿qué te pasó gordita, de dónde venís?’”, indicó el magistrado en los fundamentos de la sentencia, a los que El Ancasti tuvo acceso.
En este contexto, el juez consideró que este personal policial demostró una actitud de discriminación estructural hacia la mujer y, a la vez, de la falta de concientización en materia de violencia de género. Lejos de contener a la mujer víctima de un hecho de violencia, “optaron en un primer momento por retirarse del lugar, y a su regreso, utilizaron expresiones reñidas con la sensibilidad que la situación y la condición de mujer víctima de violencia requerían. Lo expuesto implica la necesidad de una mayor intensificación en la capacitación del personal policial en materia de violencia de género, respondiendo a la exigencia de capacitación de todos los agentes del Estado, de conformidad a la Ley Nacional 27.499 –conocida como Ley Micaela-”.
Además, el magistrado advirtió que se deben cumplir con las obligaciones previstas en la Convención de Belem Do Pará, que implican instar a la modificación de este tipo de prácticas y procurar la reparación integral de la víctima de violencia de género. “En cuanto a la reparación integral, como bien es sabido, no solo abarca a la reparación económica, sino también la reparación simbólica, como forma de dignificar a la víctima y como recuerdo del contexto de violencia institucional que ha padecido, que el Estado se compromete a evitar en el futuro”, señaló.
Dada esta situación, el juez consideró “justo y razonable” ordenar que se emita una copia de la declaración de la denunciante al Jefe de Policía de la Provincia de Catamarca, a los fines del inicio de las actuaciones administrativas pertinentes, frente a la conducta asumida por personal de la Comisaría Seccional Octava. A la vez, sugirió “la intensificación de la capacitación del personal policial en materia de violencia de género, para evitar la reiteración de hechos como los relatados en esta sala de debate”.
Causa
En la madrugada del 9 de junio de 2019, Cristian Omar Bazán García rompió el celular de su pareja y luego la golpeó con el codo en el pecho. El hecho sucedió en la zona norte de la Capital. El 22 de septiembre se conoció el veredicto. El juez Herrera lo halló culpable de los delitos de “daño” y “lesiones leves agravadas por haber mediado una relación de pareja” y lo condenó a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso. También dispuso que por el término de tres años cumpla con pautas de conducta, no se acerque a la denunciante ni a su familia y que realice un tratamiento psicológico para controlar sus actitudes violentas.
Se acreditó que existía una relación de pareja
En los fundamentos de la sentencia, el magistrado indicó que la denunciante y el acusado se encontraban unidos en una relación de pareja que databa de alrededor de ocho meses aproximadamente. Tal situación quedó acreditada con el relato de la víctima, “pues más allá de cualquier denominación o usanza, lo cierto es que reconoció y dijo en debate que para esa fecha ‘estaba con él’ -refiriéndose al imputado- y que le guardaba cariño, con expectativas de que la relación perdure en el tiempo, incluso se conocían entre las familias de ambos. Estos extremos, como lo tengo dicho en otros antecedentes, son suficientes para tener por acreditada la relación de pareja como circunstancia agravante del tipo básico de ‘lesiones leves’. A ello debemos sumarle que en el grupo de amigos que frecuentaban, esa relación se encontraba exteriorizada como tal”.
Más allá del esfuerzo del imputado Bazán García en desconocer la relación de pareja, “lo cierto es que los celos, reconocidos por ambos en sus exposiciones, aparecen como una constante en la relación y son incompatibles con el mentado vínculo de libertad, sin compromisos”, remarcó.
Bazán García delinquió por el sentimiento de “posesión patriarcal que entiende a la mujer como una cosa de su propiedad”, lo que incrementa la culpabilidad. “Actuó motivado en el pensamiento machista y el sentimiento de superioridad masculina; menospreció al género femenino, castigando a su pareja en su cuerpo y sus pertenencias, ante la mera posibilidad de que la misma mantenga una relación paralela con otra persona, violentando el derecho de ella a una vida libre de violencia”, precisó.
Hermano arrestado
Fuentes policiales informaron que el viernes, a las 19, alertados por un llamado telefónico, efectivos de la Comisaría Octava se hicieron presentes en la esquina de avenida Terebintos y calle Sin Nombre. Allí arrestaron a un joven de apellido Quiroga (26), quien fue sindicado por su propia hermana como el presunto autor de haber causado daños materiales en su domicilio ubicado en la zona norte de la Capital. También la habría amenazado de muerte, para luego intentar ingresar a varios domicilios del barrio 111 Viviendas Norte, con intenciones de cometer ilícitos. El sospechoso quedó alojado en la seccional, a disposición de la Fiscalía de Instrucción en turno. Al mismo tiempo, se invitó a la damnificada a radicar la denuncia penal.