La Justicia porteña suspendió el funcionamiento de las plataformas digitales Glovo, Rappi y Pedidos Ya en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires hasta que cumplan con los requisitos estipulados en el Código de Tránsito y Transporte.
La Justicia porteña suspendió el funcionamiento de las plataformas digitales Glovo, Rappi y Pedidos Ya en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires hasta que cumplan con los requisitos estipulados en el Código de Tránsito y Transporte.
La decisión la tomó el juez Roberto Gallardo, titular del Juzgado de Feria en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2.
Para hacer efectiva la medida, Gallardo dispuso operativos policiales en esquinas del barrio de Palermo, más allá de que la prohibición rige en toda la Ciudad.
El magistrado les ordenó también a las empresas Visa Argentina, Mastercard Cono Sur, Tarjeta Naranja y American Express Agentina que dispongan la inmediata suspensión y bloqueo de las operaciones de esas tres compañías que ofrecen el servicio de mensajería y reparto a domicilio.
Las empresas que incumplan el fallo deberán pagar 10 mil pesos por cada pedido que entreguen y además los envíos serán incautados.
La decisión del juez se apoya en un fallo previo de la Cámara que exigía la inscripción de los trabajadores en el registro porteño y la obligación de que los repartidores utilizaran una indumentaria adecuada.
Las medidas fueron reclamadas por la Asociación Sindical de Motciclistas Mensajeros y Servicios (ASIMM), luego del caso de un repartidor que se accidentó y la empresa "se limitó a preguntarle sobre el estado del pedido", informó el sitio IJudicial.
Según ASIMM los accidentes ocurridos "no se deben a las impericias de los trabajadores -que hacen sus repartos en bicicletas o motos- sino que obedecen a las precarizadoras prácticas de las empresas de mensajerías digitales".
El juez Gallardo también citó en su resolución estadísticas de los hospitales públicos en los que "se registraron 25 accidentes en la vía pública que involucraron a conductores de motos o bicicletas afectadas al servicio de mensajería y reparto a domicilio".
Además, el juez Gallardo prohibió que sean los empleados quienes paguen por esos equipos de trabajo. "Queda expresamente vedado a las empresas citadas obligar a los empleados a costear las provisiones establecidas", advirtió el magistrado. Y completó que una vez cumplido lo requerido, se decidirá acerca de la rehabilitación de su funcionamiento provisional.
A su vez, ordenó al jefe de la Policía de la Ciudad que disponga la realización de operativos en la vía pública para identificar a los conductores de ciclorrodados y motovehículos afectados al transporte de mercadería, con detalle de la empresa para la que prestan servicios, y verificar, en todos los casos, las condiciones de seguridad de su tarea diaria. La Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios (ASIMM), parte co-actora en este amparo colectivo, solicitó la habilitación de la feria judicial para que se adopten una serie de medidas tendientes al cumplimiento de la cautelar dictada el 6 de diciembre de 2018, que fue confirmada el 10 de julio por la Sala I de la Cámara de Apelaciones, conformada por su presidente, Carlos Balbín, y sus colegas Fabiana Schafriky Mariana Díaz.