viernes 31 de julio de 2026
DE “MENORES” A UN FUERO ESPECIAL PENAL JUVENIL

Comenzar a saldar viejas deudas

 

El 30 de agosto de 2018,  todas las manos se levantaron en la Cámara de Senadores para sancionar la Ley Provincial 5.544 de Creación del Fuero Penal Especial Juvenil y de Procedimiento de Responsabilidad Penal Juvenil. Con esta norma, se comenzó a saldar una deuda para con los chicos infractores y también para la sociedad. La entrada en vigencia de un Régimen Penal Juvenil empezó a desmitificar ciertas creencias populares, vinculadas con “la puerta giratoria para los adolescentes” y en la impunidad de la que presuntamente podrían gozar por su condición de “menores de edad”.

La deuda es vieja. En el país sigue en vigencia, desde 1980, el Decreto Ley 22.278 de Régimen Penal de la Minoridad. La norma, sancionada en pleno gobierno de facto, tal vez respondía a la problemática de este grupo social, en ese momento. El contexto era otro; los adolescentes eran otros y los problemas que podían afectarlos eran distintos a los actuales. En conclusión, una normativa anacrónica, que va a contramano de nuevos paradigmas en materia de niñez y adolescencia, difícilmente pueda garantizar el mejor abordaje para los chicos infractores.

En Catamarca, la deuda comenzó a saldarse luego de una tragedia. En septiembre de 2011, cuatro adolescentes fallecieron calcinados en la Alcaidía de Menores. Por entonces, poco y nada se sabía de la problemática de los chicos en conflicto con la Ley Penal. La niñez y la adolescencia forman parte de los grupos socialmente vulnerables y los adolescentes presuntos infractores quedan más al margen, en un universo oscuro, del que poco se sabe pero mucho se prejuzga. Entonces, aparecieron dos nombres nuevos en la “Justicia de Menores”: Fabricio Gershani Quesada y Rodrigo Morabito asumieron como nuevos jueces en este fuero particular. Dadas estas particularidades, la mirada debe ser distinta, como el abordaje y las ideas.

A partir de 2012, en la Legislatura provincial se presentaron alrededor de cuatro proyectos para la creación de un Régimen Penal Juvenil. Algunos quedaron truncos en el camino que todo proyecto debe transitar para convertirse en ley. En 2013, se aprobó la Ley Provincial de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes. Aunque se trató de un gran paso legislativo, los chicos infractores continuaban al margen. Durante esos años, la situación de los adolescentes en conflicto con la Ley Penal comenzó a visibilizarse. A la vez, su particular situación evidenciaba un tratamiento específico y no se contaba con las herramientas legales para ello. Si bien la participación de los chicos en hechos de inseguridad representa un número ínfimo, la respuesta debe ser especializada. La necesidad de concretar el cambio ya no podía ocultarse. Las denuncias contra los chicos infractores ingresaban al Juzgado de Menores y, por detrás, los abogados defensores presentaban planteos de nulidad. La posibilidad de dar una respuesta encontraba un tope interpuesto por la falta de una ley específica en la materia. 

En 2017, dos propuestas, una de la oposición y otra del oficialismo, se fusionaron y en noviembre de ese año, al filo del cierre de las sesiones ordinarias, la Cámara de Diputados dio sanción a este proyecto. Pocos meses después, la Cámara alta dio sanción completa. En enero de este año, la Ley 5.544 finalmente entró en vigencia y la respuesta a la sociedad comenzó a llegar. La flamante normativa establece, entre otras cuestiones, que en aquellas causas en las que un adolescente estuviera involucrado en un hecho delictivo con una persona mayor de edad, el Fuero Penal Especial Juvenil atrae la causa. Al adolescente se lo juzga de manera especializa por su condición de tal y al adulto como persona mayor de edad. La norma alcanza a aquellos adolescentes que al momento del hecho delictivo tengan 16 y 17 años, aunque sean juzgados con la mayoría de edad.

El doctor César Marcelo Soria, juez de la Cámara Penal de Tercera Nominación y titular de la cátedra de Derecho Procesal Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Catamarca, había valorado la entrada en vigencia del Régimen Penal Juvenil. “Es importantísima (esta Ley)  porque el Proceso Penal Juvenil estaba demorado y ya se está trabajando. Ya enviamos causas. Es posible reducir el caudal de causas pero todo depende de los operadores. Las leyes más sabias han fallado por no tener una adecuada implementación. Es decir, no tuvieron cursos, no prepararon a la gente. A nivel país, es una de las mejores leyes; es una ley importantísima. Es un avance. Esta Ley es importante pero a las leyes hay que dejarlas caminar. Va a resultar importante la jurisprudencia que se vaya creando. Habrá que lograr la adecuada implementación, con los operadores del sistema”, sostuvo.

En funciones

Los expedientes ya llegan al Tribunal Penal Juvenil para que tomen un nuevo curso. Los fiscales ya debieron plantear audiencias en el Juzgado de Control de Garantías de este Fuero Especializado. La Cámara de Apelación en lo Penal Juvenil también debió prepararse para entrar en funciones. Además, la Cámara Penal de Tercera Nominación fue la primera en declararse incompetente en una causa en la que estaban involucrados un adolescente y un joven mayor de edad. Al mismo tiempo, remitió la causa a la Cámara de Sentencia en lo Penal Juvenil. En este sentido, esta Cámara especializada ya tuvo su primera causa, con un veredicto condenatorio por el robo al local gastronómico Las Grullas: un joven de 21 años cumple una pena de siete años de prisión y un adolescente, que al momento del hecho tenía 17 años, fue condenado a cuatro años de prisión, bajo un tratamiento especializado acorde con la normativa vigente. También, se concedió una suspensión de juicio a prueba: un chico y un joven resarcieron económicamente a la víctima y además deben realizar trabajo comunitario (no remunerado) en la venidera Fiesta del Poncho.   

Al hablar de un Régimen Penal Juvenil, más aún con un enfoque de derechos, debe borrarse la imagen de una cárcel para chicos. Se trata de dar una respuesta a un adolescente que cometió un delito y que al mismo tiempo se lo debe reinsertar o insertar (porque algunos ni siquiera están escolarizados) en la sociedad. También se debe dar una respuesta a la víctima y a la comunidad. La cuestión no es el castigo sino asumir la responsabilidad de los hechos. A fin de dar esa respuesta, se prevén varias posibilidades: la amonestación, la reparación del daño ocasionado, la mediación, la inclusión a un programa de libertad asistida, privación de libertad durante el fin de semana o tiempo libre, en su domicilio o  en un establecimiento especializado en jóvenes en conflicto con la Ley Penal. Esta última medida es la última opción.

No hay lugar para la impunidad con la Ley en vigencia. El camino para comenzar a pagar esta vieja deuda ya se empezó a transitar pero aún quedan algunos pendientes. Todavía no se nombraron fiscales ni defensores penales juveniles. Se avanza, a un ritmo propio, pero lo importante es no detenerse; tampoco ir hacia atrás.

 

(*) Periodista de Judiciales

 

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