Un hombre de 53 años fue condenado el pasado 4 de abril a la pena de 12 años de prisión. Para los jueces de la Cámara Penal de Segunda Nominación, Luis Guillamondegui y Jorge Álvarez Morales, era culpable del delito de “abuso sexual con acceso carnal” y “homicidio calificado por mediar violencia de género en grado de tentativa”. La víctima era una mujer, con quien había tenido una relación sentimental que finalizó tiempo atrás.
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Creía que su ex "debía satisfacerlo sexualmente”
El 18 de enero de 2018, este hombre –cuyos datos se reservan para proteger la identidad de la mujer- se presentó en la casa de ella, ubicada en una pequeña localidad del departamento Santa Rosa. Le pidió que se acercara, la tomó entre sus brazos y le dijo “de acá no te vas a ir”. Acto seguido, abusó de ella. Consumado el ultraje, con un cuchillo de mango de plástico le asestó siete puñaladas en la espalda y otro en el abdomen. La mujer pudo ingresar a su casa a pedir ayuda y el agresor se dio a la fuga.
Los magistrados dieron a conocer los fundamentos de la sentencia y advirtieron que el agresor tenía a su ex pareja sometida psíquicamente y “la abusó una vez más, sin dejar de utilizar la fuerza física, hasta dejarla maltrecha por las puñaladas que le asestó”. Además, sobre la falta de consentimiento, la mujer contó el ultraje sufrido y también contó que no era la primera vez que sucedía porque la había sometido sexualmente desde hacía tres años. No decía nada “por miedo y amenazas”. De esta manera, salió a luz una historia de abusos.
La mujer reconoció que había tenido, con quien resultó su victimario, una relación amorosa pero luego él comenzó a ser violento, a controlarla y amenazarla. La extorsionaba diciéndole que si no accedía a sus pedidos, la mataría. Aunque le hacía saber su negativa a seguir, no pudo ejercer mayor resistencia. No se animó a denunciarlo pero le avisó a su hermana lo que le estaba pasando.
“Imperaba en la mente del acusado la idea de que su ex pareja tenía la obligación de satisfacerlo sexualmente y procedió en consecuencia, en el caso investigado, a someterla sexualmente, aprovechándose que venía ejerciendo amenazas para obligarla a que acuda al lugar de los hechos e inmediatamente utilizar su fuerza física. Se valió de una combinación de fuerzas, tanto psíquica como física, que innegablemente resultaron aptas para reducir a la víctima”, se advirtió.
A la vez, reforzaron la conclusión de que el abuso fue cometido contra su voluntad por la acción del acusado de haber portado en esa ocasión un cuchillo “en el bolsillo de atrás”. Este elemento lo utilizó sorpresivamente para tratar de acabar con la vida de esta mujer, a quien le asestó siete puntazos. El acusado dijo que el cuchillo lo encontró cerca del lugar, al aire libre, lo que resulta poco creíble. La víctima expresó en debate que nunca le vio un cuchillo, incluso en esa ocasión, se dio cuenta después de recibir puntazos en la espalda y luego del último pinchazo en el estómago. El hombre se esforzó por justificar su accionar arguyendo que ese día mantuvo una relación sexual consentida pero no supo dar razonable explicación acerca del porque propinó siete puntazos con un cuchillo a la víctima. Tampoco pudo dar respuesta satisfactoria acerca de la inmediata fuga que emprendió.
La violencia era una constante; la mujer contó que no pudo oponer mayor resistencia por la violencia física y psíquica que venía padeciendo de su agresor. Entre otras acciones anteriores, ya “la había agarrado de los pelos”; otra vez le pegó “porque no lo veía”. También, la amenazaba con contar sobre esta relación si no accedía. Para los magistrados, indudablemente, la mujer se sentía obligada a ceder a los bajos instintos machistas de quien resultó ser condenado, para evitar que esta relación oculta, que había mantenido con el acusado, se supiera.
“Por más pareja que ambos hayan sido anteriormente, ningún derecho le asistía a este último para accederla contra su voluntad. La violencia sexual en estos tipos de relaciones, generalmente parte de la creencia —como en toda violencia de género— que los hombres tienen un derecho adquirido sobre las mujeres y de que éstas tienen la obligación de satisfacer sus deseos, aunque como en este caso, la víctima le manifestara su voluntad de no seguir”, destacaron.