Sergio Ariel Chasampi, un joven de 20 años, llegó a debate en la sala de audiencias de la Cámara Penal de Segunda Nominación.
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“Nunca tuve la ayuda de un padre o el cariño de una mamá"
Estaba imputado por “robo”, por un hecho cometido en abril de 2017, y por “hurto”, sucedido en julio del año pasado.
Para cada hecho, contaba con el patrocinio de dos defensores penales oficiales pero por cuestiones de agenda no pudieron presentarse a tiempo. El abogado Orlando del Señor Barrientos tomó la causa y de manera expedita pidió que se unificaran los expedientes.
Luego, iniciado el debate, el joven acusado, frente al juez Rodolfo Bustamante, contó que el año pasado tuvo un accidente que le produjo una seria lesión en el cráneo. Actualmente, no tiene trabajo pero se las rebusca con changas; tampoco cuenta con una pensión por discapacidad. Además, reconoció los hechos que se le habían imputado oportunamente.
De esta manera, se efectuó un ‘juicio abreviado’. Gustavo Bergesio, representante del Ministerio Público Fiscal, en su alegato remarcó que el ‘juicio abreviado’ es una solución rápida y justa. Al mismo tiempo, aclaró que esta modalidad puede aplicarse cuando se trata de hechos en flagrancia o cuasi flagrancia.
“Lo vieron; la Policía lo agarró y se reconoció la prueba. El muchacho reconoció su participación y esta situación ayuda a la Justicia. Tampoco golpeó a las personas”, destacó en su alegato.
Por ello, solicitó la pena de ocho meses por ambas acusaciones. A su turno, el defensor Barrientos indicó que su cliente demostró un arrepentimiento sincero. También, puso énfasis que se trata de la primera vez que ocupa el banquillo de los acusados, que no es un reincidente. Para el defensor, se trataba de una posibilidad para que el joven pudiera reinsertarse en la sociedad. De esta manera, adhirió a lo solicitado por el fiscal Bergesio.
Tras el alegato de las partes y antes de pasar a un breve cuarto intermedio para deliberar, el magistrado le cedió la palabra al acusado. “Nunca tuve la ayuda de un padre o el cariño de una madre. Solo tuve el cariño de una abuela –la mujer que se hizo cargo de su crianza-. Siembre viví solo. Lo hice para poder comer”. El juez Bustamante lo declaró culpable y fijó la pena de ocho meses de prisión en suspenso.
Especialistas del Derecho Penal indicaron que resulta evidente que ningún sistema de enjuiciamiento penal puede funcionar aceptablemente si pretende que todos los casos concluyan en un debate oral y público, salvo que el Estado esté dispuesto a asignar enormes recursos. Por ese motivo, las legislaciones procesales implementan mecanismos de simplificación alternativos, destinando el debate oral para los casos en los que no se llegó a acuerdo alguno o no se den determinados presupuestos legales. Si bien se trata de herramientas útiles, deben aplicarse en forma cuidadosa y responsable, evitando una utilización rutinaria y automática. El juicio abreviado apareció para casos de escasa complejidad probatoria y delitos menores, aunque luego se fue ampliando su ámbito de aplicación. Supone la renuncia del imputado a su derecho constitucional a un juicio oral y público e introduce la autonomía de la voluntad en el proceso penal, permitiendo una negociación. Uno de los propósitos de esta modalidad es racionalizar y otorgar eficacia a las intervenciones. Si se resuelve por este mecanismo, quedará más tiempo para dedicarse a los casos más graves y complejos que deberán llevar a juicio oral.
Consiste en que el fiscal, el imputado y su defensor acuerdan acerca de la calificación del hecho y la pena a aplicar (que no puede superar los 15 años de prisión). La sanción debe estar entre el mínimo y el máximo de la escala prevista en la figura delictiva individualizada, que no puede ser elegida caprichosamente, sino de acuerdo con lo que surja de la causa.