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FUE CONDENA A OCHO AÑOS DE PRISIÓN POR TRATA DE PERSONAS

Martha Nader se aprovechó de la situación de vulnerabilidad

Para el Tribunal Oral Federal, captó a sus víctimas y las recibió, con falsas promesas, para explotarlas sexualmente.
10 de diciembre de 2018 - 04:07 Por Redacción El Ancasti

“A los 15 años llegué a Catamarca, a la casa de Martha Nader a trabajar en una whiskería. Lo que recuerdo es que una amiga y la señora Martha Nader me fueron a buscar a Tucumán con la intención de que viniera a trabajar en un bar, cosa que no fue así. Al llegar me llevaron al bar y me dijeron que tenía que estar en las mesas sentada o en los sillones con los clientes y no trabajar de moza, vistiéndome con ropa provocativa, la cual se usa para ejercer la prostitución. Ante mi rechazo, me dijo que me quede tranquila, que ella me iba a enseñar todo, que había buena plata. En ese momento me quería volver. Después de un mes de estar ahí y sin plata para volverme, me largué a trabajar, haciendo copas al comienzo y después largándome con pases sexuales, dado que me había comprado cosas como champú y demás elementos, los cuales debía devolver”, había contado una de las víctimas en el Tribunal Oral Federal (TOF).

Martha Celsa Nader, conocida popularmente como “La Martha”, fue condenada a la pena de ocho años de prisión pero de cumplimiento domiciliario, tras haber sido hallada culpable por el delito de “trata de personas por haber ofrecido, captado, trasladado y acogido personas con fines de explotación sexual, doblemente agravado por abuso de la situación de vulnerabilidad y el número de víctimas”. No obstante, mantiene el estado de prisión domiciliaria, por lo que debe abstenerse de ausentarse de este domicilio e imponer la restricción de toda visita, a excepción de familiares directos o convivientes, sin autorización expresa del TOF, bajo apercibimiento de su inmediata revocación. También se le impuso el régimen de dispositivo electrónico de control a los fines de la supervisión de la modalidad de prisión domiciliaria.

En la instancia de alegatos, el fiscal federal Rafael Vehils Ruiz había pedido una pena de 10 años. A su turno, Hugo Vizoso, defensor penal oficial federal, solicitó que su defendida no sea condenada por el delito que llegó incriminada, sino que sea declarada culpable "dentro de los parámetros de la prostitución".

Para los jueces del TOF, Adolfo Raúl Guzmán, Juan Carlos Reynaga y Enrique Lilljedahl, quedó acreditado el aprovechamiento, habida cuenta que se comprobó el caso de captación, traslado y acogimiento de niñas de 15 años que provenían de hogares pobres y que solo llegaron al prostíbulo regenteado por Nader a través de falsas promesas de una vida mejor y que luego eran solo mantenidas en el lugar por el aprovechamiento de esa condición de vulnerabilidad.

Las investigaciones se habían iniciado a finales de 2010 y para los primeros meses de 2011 se indicó que en Catamarca existían cinco locales comerciales que operaban bajo el rubro “whiskerías”. Uno de éstos era “Maná” y de propiedad de la imputada Martha Celsa Nader. “Sin pecar de redundantes, debemos aclarar que el testimonio aduce a la ‘whiskería’ como ‘La Martha’ y no así como ‘Maná’. Ello no resulta contradictorio toda vez que la dueña del local, la imputada Nader, tiene como nombres de pila el de Martha Celsa”, explicaron.

El allanamiento en “La Martha” se realizó a finales de diciembre de 2014. Se secuestraron documentación con anotaciones, recortes de madera con diferentes formas geométricas conocidos comúnmente tanto con el nombre de “fichas” como de “pases”, una cantidad considerable de carnés sanitarios y certificados sanitarios pertenecientes a las mujeres que ejercían sexo rentado en la ‘whiskería’, documentación referida a la habilitación del local, dinero en efectivo, teléfonos celulares, una gran cantidad de preservativos y un automóvil Chevrolet Corsa. Con este material se concluyó que en ese lugar efectivamente se explotaba la prostitución por parte de diferentes mujeres víctimas. Quien regenteaba, dirigía y contabilizaba era “La Martha”. “Efectivamente Nader era quien ejercía el control total sobre el lugar, mediante el empleo de 'fichas' con las que registraba la cantidad de pases practicados por las mujeres con los clientes que acudían al lugar y de las copas vendidas a ellos. Quedó demostrado que por las ganancias de la acusada no quedaban circunscriptas a la venta de copas sino que también percibía gran parte de lo reportado por los pases de las víctimas explotadas en su local”, se indicó.

Al mismo tiempo, se puso énfasis en el testimonio de los ocasionales clientes. Uno de éstos contó que conocía a la imputada, que “cree que el local se llamaba ‘Maná’. Allí había chicas, por eso fue él. Allí se podía tener sexo con las chicas pero esa noche no tuvo sexo aunque sí en otra oportunidad”. Otro testigo aseguró que sabía que era un prostíbulo en donde explotaban mujeres y donde se podía tener sexo rentado con ellas.

Modalidad

De lo relatado, también reviste sumo valor la explicación dada acerca del contenido de las “fichas”, el cual fue comparado con el concepto de “cuaderno”. Las “fichas” eran empleadas para llevar un registro de los pases y copas que practicaban las víctimas en el interior del prostíbulo y eran manejadas por su propietaria a fin de llevar una “contabilidad” acerca de las ganancias obtenidas con la explotación sexual ajena. Uno de los testigos señaló sin duda alguna que la propietaria del lugar era efectivamente la imputada Nader.

“Se ha logrado comprobar que efectivamente el local denominado ‘Maná’ era de propiedad de Nader, que en el inmueble se encontraban mujeres que ejercían la prostitución con los ocasionales clientes que acudían al lugar. Para conseguir un ‘pase' con alguna de las víctimas previamente había que pagarle a Nader. Se podían mantener relaciones sexuales tanto adentro de la whiskería como también en otros lugares previamente fijados. Esos traslados eran realizados en el automóvil Chevrolet Corsa impuesto por el prostíbulo, con el que los clientes y la víctima eran trasladados desde el prostíbulo hasta el lugar de concreción del sometimiento sexual y luego vueltos a llevar al prostíbulo. También, que toda actividad de copa y de pase era fiscalizada bajo el empleo de fichas que tenían un valor estimado de $100. Los testigos contaron que era un medio de control comúnmente utilizado por los propietarios de los prostíbulos y, este caso, era Nader quien llevaba por intermedio de las fichas un control total sobre los trabajos sexuales que practicaban las mujeres con los ocasiones clientes”, detallaron.
Otra de las víctimas recordó que sufrió violencia. “Martha era muy gritona. No me golpeó pero sí me gritaba algunas veces. Al principio no podía retirarme; después sí me podía retirar pero si me retiraba del lugar me gritaba nomás. Cuando le pedía plata para algo solo me pagaba lo que ella quería. Nosotras teníamos una cuenta y nos pagaba por mes, pero si necesitábamos antes de cobrar, nos daba lo que quería y después nos descontaba. Martha no nos dejaba salir pero muchas veces nos escapábamos y si se enteraba, a algunas nos puteaba y a otras las golpeaba. Muchas veces no podíamos salir porque ella tenía las llaves”, contó.

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