sábado 11 de julio de 2026
desde la COORDINADORA CONTRA LA REPRESIÓN INSTITUCIONAL Y POLICIAL

Cuestionan el reglamento que permite a la Policía el uso de armas de fuego

Fue emitido por el Ministerio de Seguridad. Aseguran que es para "excusar" a los policías acusados de "gatillo fácil".

Por Redacción El Ancasti

La abogada y referente de la Coordinadora contra la Represión Institucional y Policial (Correpi), María del Carmen Verdú, afirmó ayer que es "ilegal" el reglamento emitido por el Ministerio de Seguridad que permite que la Policía dispare contra la persona que huye y advirtió que la norma refleja las "excusas" que habitualmente dan uniformados ante casos de "gatillo fácil".


"Este reglamento es absoluta y completamente ilegal", enfatizó Verdú, quien señaló que si bien hace referencia a una normativa de Naciones Unidas "dice totalmente lo contrario" que el organismo internacional.


En declaraciones a NA, Verdú subrayó que la normativa de la ONU, incorporado a la legislación argentina, "establece rigurosamente criterios para el uso de armas de fuego" y dice que "un policía no puede sacar el arma y mucho menos usarla si no está confrontando una agresión de igual calidad, o sea si no le están disparando. Establece que no se puede disparar contra una persona en fuga, que no se puede disparar contra una persona desarmada", subrayó la letrada.


Para la referente de Correpi, la normativa "legaliza las excusas que da la policía cuando mata a alguien" en casos de gatillo fácil.


"Dicen 'yo creí que me iban a robar', 'yo creí que estaba armado'. Ésta es la legitimación de una política de gatillo fácil", enfatizó.
Verdú se quejó de que se trata de "una orden explícita" a las fuerzas federales de seguridad y no descartó que pueda extenderse a policías provinciales.


La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, creó un reglamento que modifica la normativa sobre el uso de armas de fuego y que en uno de sus artículos permite que la Policía dispare contra la persona que huye.


Según la resolución 956/2018 a la que tuvo acceso NA, la ministra creó el "Reglamento General para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad", el que entraría en vigencia luego de ser publicado en el Boletín Oficial, lo cual aún no sucedió.


Sin embargo, voceros del Ministerio de Seguridad indicaron a NA que "esta medida ya está en vigencia y se contempla su aplicación para situaciones de peligro inminente de ataque con armas letales contra las figuras de los líderes presentes en la Argentina durante la Cumbre del G20. Este reglamento lo homologan las custodias de líderes extranjeros".


Pero en la resolución 2018/956, que tiene fecha del pasado martes 27 de noviembre, no hay ninguna referencia a la Cumbre del G20.


En el artículo 5, inciso F, se señala, entre otras situaciones, que se podrá hacer uso del arma de fuego cuando la persona "se fugue luego de haber causado, o de haber intentado causar, muertes o lesiones graves".

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