ver más
La condena fue el 18 de octubre pasado

Defensor casó una sentencia del Tribunal Oral Federal

Eugenio Escobar fue hallado culpable de transportar 259 kilos de cocaína. Lo condenaron a 10 años.
6 de noviembre de 2018 - 04:00 Por Redacción El Ancasti

El 18 de octubre pasado en el Tribunal Oral Federal (TOF), Eugenio Escobar fue condenado a la pena de 10 años de prisión, tras haber sido hallado culpable en el delito de “transporte de estupefacientes”. Fue detenido el 13 de agosto de 2017 en la ruta nacional Nº 60 mientras transportaba 259 kilos de cocaína de máxima pureza. Hasta último momento sostuvo su inocencia aunque no alcanzó. Eugenio Escobar fue hallado culpable de transportar 259 kilos de marihuana y lo condenaron a 10 años.

Escobar había asegurado que fue engañado por su socio, con quien compró el camión plancha marca Iveco, con el que pensaban realizar remolques. Aseguró que fue esta persona quien le dijo que desde Tucumán “tendría que viajar a Deán Funes (Córdoba) a buscar un Renault 12 chocado, aunque antes le tenían que realizar unos arreglos al camión por lo que me pidió que me vaya a dormir a una pensión”. Según su relato, habría sido en ese momento que le cargaron la droga, por lo que “yo no sabía nada”. Sin embargo, al llegar a Catamarca, fue interceptado por Gendarmería y los uniformados le dijeron “te estábamos esperando”.
El fiscal Rafael Vehils Ruiz había pedido una pena de 11 años pero el abogado defensor Rolando Lugones consideró “excesiva” la pena solicitada por el Ministerio Público Fiscal y pidió la nulidad de las actas de procedimiento y falsedad ideológica pero el juez no hizo lugar.

Tras el veredicto condenatorio y una vez conocidos los fundamentos, el defensor oficial federal Hugo Vizoso casó la sentencia. En la fundamentación, el juez federal Juan Carlos Reynaga advirtió que no resultan convincentes los argumentos vertidos por el imputado durante la declaración indagatoria como así también en audiencia de debate de juicio oral y público. Para el magistrado “resultan contradictorias sus manifestaciones e inverosímil que una persona que trabaja como agricultor y changarín, que no posee domicilio fijo al no ser propietario, tenga la capacidad económica para adquirir un vehículo de las características del rodado secuestrado y después expresar que lo compró con un socio y que éste le confirió la titularidad del mismo por la supuesta confianza que le tenía. Además, teniendo en cuenta el valor de mercado, el imputado a su vez en primer término no recuerde dónde lo adquirió y cuánto pagó por éste para después en audiencia debate esgrimir el monto que pagó”. 
Para el juez, resulta llamativo que se haya desprendido del rodado en Tucumán para regresar a Buenos Aires, dejándolo en poder de una persona a la que dice desconocer el nombre y el domicilio.n

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar