ver más
Cuatro años en prisión

Condena mínima por tener estupefacientes con fines de venta

En octubre de 2013, en su casa, le encontraron poco más de 150 gramos de marihuana y 9,4 gramos de cocaína.
27 de noviembre de 2018 - 04:00 Por Redacción El Ancasti

Eduardo Nicolás Palomeque (27) llegó al Tribunal Oral Federal (TOF) por sus propios medios, en libertad, y ocupó el banquillo de los acusados. En octubre de 2013, en su casa, en el barrio de La Chacarita, le encontraron 97,2 gramos de marihuana, 9,4 gramos de cocaína y 28 envoltorios con otros 68 gramos de marihuana. Fue imputado por el delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”.


Acompañado por el defensor oficial, Hugo Vizoso, Palomeque reconoció que “parte de la droga” era suya y aclaró que le plantaron los 28 envoltorios. En el año que duró la investigación, estuvo privado de la libertad en el Servicio Penitenciario de Miraflores, Capayán y luego fue excarcelado. En libertad esperó el debate. De acuerdo con la investigación de la causa, Palomeque se dedicaba al narcomenudeo bajo la modalidad de ‘delivery’.


“En estos cinco años aprendí oficios. Me dedico a trabajar como pintor o como jardinero, aunque no tengo trabajo estable”, contó. Reconoció que tenía esa droga en su poder porque consumía. “Tuve un ataque de abstinencia en la comisaría”, recordó.
El fiscal federal, Rafael Vehils Ruiz, consideró que no era muy complicado sostener la participación de Palomeque en el hecho por el que venía incriminado. Al mismo tiempo, resaltó que las pericias informáticas indicaron, como se dice en la jerga, que comercializaba. La pericia química corroboró que las sustancias encontradas efectivamente eran estupefacientes. 
 “Tenía estupefacientes y lo sabía. Tenía la intención de comercializar. No era un narcotraficante importante o que integraba una banda. Era un humilde cuentapropista. Le daba lo mismo vender zapatillas, ropa, sándwiches o droga y a cambio aceptaba electrodomésticos”, alegó el representante del Ministerio Público Fiscal. 


“Son pruebas contundentes”, resaltó y por ello mantuvo la acusación. Sin embargo, solicitó la pena mínima, cuatro años de prisión, más una multa económica. 


A su turno, el defensor Vizoso consideró que el proceso judicial estuvo plagado de irregularidades. También, destacó que su defendido es una persona humilde y tales personas, quienes suelen encontrarse en un contexto de vulnerabilidad, suelen “ser utilizadas en el mundo de la droga. Son explotadas para tal fin”.


Según Vizoso, su pupilo sí era dueño de la marihuana, “pero no de las bochitas. Fueron plantadas”. 


Dada esta situación, solicitó que el proceso sea declarado nulo. “No había balanza o elementos de corte”, advirtió. A la vez, pidió que Palomeque sea absuelto o que se remita el expediente para una nueva investigación. El fiscal se opuso al planteo de la defensa. 


Finalizada de instancia de alegatos, el juez federal Adolfo Raúl Guzmán –quien presidió la audiencia unipersonal- pasó a deliberar. Cerca del mediodía se dio a conocer el veredicto. 


Palomeque fue declarado culpable en el delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, una infracción prevista y reprimida por el artículo 5 inciso C de la Ley Nacional 23.737 de Estupefacientes. En consecuencia fue condenado a la pena de cuatro años de prisión. Asimismo, se dispuso el pago mínima de la multa. Se dispuso su inmediata detención, traslado y alojamiento en el Servicio Penitenciario. 


El magistrado no hizo lugar al planteo de la defensa. Por último, dispuso el decomiso de todos los instrumentos y elementos secuestrados en esta causa como así también la destrucción de los estupefacientes en infracción.


La Ley Nacional 23.737, en su artículo 5, establece que será reprimido con prisión de cuatro a 15 años y multa económica a quien sin autorización o con destino ilegítimo siembre o cultive plantas o guarde semillas, precursores químicos o cualquier otra materia prima para producir o fabricar estupefacientes, o elementos destinados a tales fines, entre otras cuestiones. No obstante, se aclara que “cuando por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella está destinada a obtener estupefacientes para consumo personal, la pena será de un mes a dos años de prisión.

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar