Una situación particular de violencia se registró el sábado pasado en la zona sur de la Capital. Fuentes judiciales indicaron que un almacenero denunció a un parroquiano, dado que tras negarse a venderle una botella de bebida etílica fue amenazado con un arma con filo.
Dado lo sucedido, el comerciante decidió denunciar. El fiscal en turno, Jonathan Felsztyna, dispuso que el acusado sea arrestado en averiguación del hecho.
Según trascendió, el presunto violento había estado involucrado en un caso de homicidio simple, ocurrido en febrero del año pasado. Sin embargo, al ser declarado inimputable no estaba en condiciones de responder ante tal acusación. Al respecto, la Cámara de Apelaciones indicó que esta persona debe estar contenido en un centro de salud, habida cuenta de que representa un peligro para sí mismo y para terceros.
En este sentido, la Ley Nacional 26.657 de Salud Mental contempla que “la internación es considerada como un recurso terapéutico de carácter restrictivo y solo puede llevarse a cabo cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones realizables en su entorno familiar, comunitario o social. La internación debe ser lo más breve posible, en función de criterios terapéuticos interdisciplinarios. Tanto la evolución del paciente como cada una de las intervenciones del equipo interdisciplinario deben registrarse a diario en la historia clínica. El Estado debe proveer los recursos adecuados a través de los organismos públicos competentes”.