jueves 9 de julio de 2026
Veredicto en el tribunal oral federal

Absolución y penas en suspenso por contrabando

Había cuatro imputados y el fiscal acusó a dos. Sin embargo, deberá pagar una multa a la Dirección General de Aduana.

Por Redacción El Ancasti

René Farid Yunes, Claudia Marcela Farías, Carlos Alberto García y Jorge Luis Fazzini llegaron al Tribunal Oral Federal (TOF) imputados por el delito de “contrabando”. Estaban acompañados por el defensor oficial federal Hugo Vizoso y los abogados Justiniano Martínez e Ignacio Ripio.

Una vez abierto el debate, los defensores -Vizoso, en representación de Fazzini, Farías, Yunes y Martínez con Ripio, por García-, el fiscal Rafael Vehils Ruiz y los abogados de la querella y acción civil, José Lloveras, de la Dirección General de Aduana (DGA) con asiento en Tinogasta y Rubén Melleretzky, jefe de la División Jurídica Nº 1 de la Región NOA de la DGA, decidieron llegar a un acuerdo, a fin de realizar un debate abreviado. Tras el planteo, los jueces del TOF, Juan Carlos Reynaga, Adolfo Raúl Guzmán y Enrique Lilljedahl, hicieron lugar al pedido.

El representante del Ministerio Público Fiscal Federal consideró que sobre dos de los imputados no había certeza para acusar, aunque sí había sospecha sobre los otros dos. Por ello, en su alegato, pidió la absolución para Farías, al advertir que era ajena del hecho, y para Fazzini pidió la absolución por el beneficio de la duda. Sin embargo, para Yunes y García pidió una pena de tres años de prisión en suspenso, más una multa económica. Por su parte, el defensor Vizoso manifestó de acuerdo con lo solicitado por Vehils Ruiz y, a su turno, Martínez también adhirió. No obstante, solicitó que la sanción económica sea sobre el mínimo.

En la instancia de la última palabra, los acusados permanecieron en silencio. Los magistrados pasaron a un cuarto intermedio por casi dos horas. Cerca de las dos de la tarde, dieron a conocer el veredicto. Resolvieron declarar culpables a García y a Yunes, en el delito de “contrabando” y condenaron a ambos a la pena de tres años en suspenso, como lo pidió el fiscal. También dispusieron pautas de conducta, trabajo comunitario y el pago de una multa económica. A Farías y a Fazzini los absolvieron por falta de acusación del fiscal.

Hecho

Fuentes consultadas por El Ancasti, indicaron que entre 2008 y 2011 se habían detectado más de 58 actividades irregulares con relación al diferimiento agropecuario Doble Círculo. Al mismo tiempo, se detalló que los cuatro imputados son personas que estaban vinculadas con la firma agropecuaria y se desempeñaban en distintas funciones. La agropecuaria Doble Círculo se encuentra ubicada sobre la Ruta Nación Nº 38, a la altura de la localidad de Chumbicha, departamento Capayán.
Para este tipo de delito, la escala penal prevé una pena en abstracto de entre dos a ocho años. El contrabando es un delito aduanero que consiste en la entrada, salida y venta clandestina de mercancías prohibidas o sometidas a derechos en el que se defrauda a las autoridades locales. A este tipo de actos le corresponde la aplicación de ciertos artículos del Código Aduanero.
Todo depende el contrabando del que se tratare.n

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