jueves 10 de julio de 2025
José Ariel Falcón fue condenado a 3 años de prisión en suspenso por la muerte de un niño de 2 años

Tras saber la sentencia, la familia estalló en llanto, bronca y dolor

El desorden se produjo en el interior del recinto. Hubo falta de previsión policial. Falcón pidió disculpas.

Por Redacción El Ancasti

El juez correccional Nº1, Marcelo Forner, condenó a 3 años de prisión en suspenso a José Ariel Falcón (39) por la muerte de un niño de 2 años ocurrido en noviembre de 2015 en el Camping Municipal. Tras el dictado de la sentencia la familia del niño estalló en llanto, dolor y bronca reaccionando contra el imputado. La falta de previsibilidad de la policía que se encontraba en el lugar no pudo evitar el desorden en el interior del recinto del Juzgado. Falcón cumplirá la pena sin ir al penal pero deberá realizar 8 horas semanales de tareas comunitarias en la parroquia más cercana a su casa. Además de 7 años de inhabilitación para conducir.
La condena fue coincidente con lo solicitado por el fiscal Alejandro Dalla Lasta, quien fue el primero en alegar en el juicio que dio inicio pasadas las 11.20 de ayer. En su alegato el fiscal apoyó sus fundamentos en el testimonio del imputado y de los testigos Claudia Álvarez, abuela de la víctima, y de Fernando Darío Álvarez Heredia. Los testigos fueron coincidentes en señalar la falta de previsión que tuvo el imputado al circular en un lugar en donde había mucha gente, sobre todo niños y más aún cuando no había nadie controlando el lugar. En tanto mencionó que el imputado en su declaración también había señalado que a pesar de que iba a unos 20 a 30 km no vio al niño que se encontraba jugando. El fiscal también hizo hincapié en el resultado de la pericia accidentológica, que señaló “el accionar negligente del imputado al no tomar las precauciones” por el lugar que circulaba. Igualmente y para solicitar que la pena sea en suspenso el Ministerio Público tuvo en cuenta la falta de antecedentes del imputado y el resultado del socio ambiental, que indica que se encuentra bajo tratamiento psicológico por lo vivido.
La querella, representada por Roberto Ariel Díaz Sosa, solicitó en sus alegatos una pena con cumplimiento efectivo para Falcón teniendo en cuenta la imprudencia del imputado, que no reparó en las previsiones al conducir por la cantidad de gente que había en el lugar, tal como lo expusieron los testigos. 
Herman Zalazar, el abogado del imputado, fue breve en sus alegatos y se plegó a varios de los fundamentos del fiscal. Si bien no solicitó el sobreseimiento por pedido de Falcón (ver aparte), pidió que la pena impuesta sea la mínima.
Alrededor de las 13 el juez Marcelo Forner dictó la sentencia. José Ariel Falcón fue condenado a la pena de 3 años de prisión en suspenso y 7 años de inhabilitación para conducir por el delito de "homicidio culposo agravado por la conducción imprudente". La sentencia lo obliga además a cumplimentar tareas comunitarias y a firmar en el Patronato de Liberados.

La absolución

Herman Zalazar, el abogado de José Ariel Falcón, en sus alegatos no pidió que su defendido sea absuelto y aclaró que fue expresamente por pedido del imputado. “El señor Falcón quiere que el juez, su señoría, decida su pena. Quiere cerrar esto”, señaló Zalazar. Igualmente el abogado solicitó que se considere la pena mínima para el delito.

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