lunes 17 de agosto de 2026
Las había atacado el año pasado

Apelaron la probation del “machetero” de Los Molles

El imputado debía responder por “lesiones graves”. Ofreció $700 a las víctimas, sus tías.

Por Redacción El Ancasti

En noviembre pasado, el juez Carlos Roselló de la Cámara Penal de Primera Nominación concedió el beneficio de la suspensión del juicio a prueba, también conocido como probation, a Mario Ibáñez. El joven estaba imputado por el delito de “lesiones graves” y las víctimas eran sus tías Eleodora del Valle (55) e Irma (44) Ibáñez. Para evitar el juicio ofreció $700. 

Fuentes consultadas por El Ancasti informaron que las hermanas Eleodora e Irma, a través de su abogado Daniel Deprattiz, decidieron apelar el fallo en la Corte de Justicia de Catamarca. Días pasados se realizó la presentación correspondiente y en breve habría novedades. 

“Para la casación utilizamos los mismos fundamentos que se utilizaron para el pedido de probation. Se planteó la violencia de género como agravante principal y que es una tentativa de homicidio. Por concurso real de delitos, no le correspondería ese tipo de beneficio”, explicó el abogado Deprattiz. 
El 2 de octubre del año pasado, en Los Molles, departamento Santa Rosa, Mario Ibáñez y sus tías Eleodora del Valle (55) e Irma (44) Ibáñez discutían, aparentemente, por una disputa de tierras. En un momento dado, el joven atacó a sus tías con un sable y, por ello, fue imputado por el delito de “lesiones graves”. Eleodora fue internada en terapia intensiva y su vida estuvo en peligro; su hermana Irma fue asistida por lesiones de menor consideración. 

La causa fue elevada a debate en la Cámara Penal de Primera Nominación y debía comenzar el 15 de noviembre pero el acusado pidió la probation. El joven Ibáñez ofreció $700 a las víctimas y expresó su voluntad de realizar trabajos comunitarios. El fiscal Jorge Silva Molina no se opuso al pedido y el juez Carlos Roselló hizo lugar a lo solicitado.

En un primer momento, el sobrino fue imputado por el delito de “tentativa de homicidio” por el entonces fiscal Roberto Mazzucco. Por disposición del juez de Control de Garantías José Antonio Carma fue alojado en el Servicio Penitenciario pero a los pocos días recuperó la libertad. Pasado un mes de este ataque, Mazzucco cambió la imputación por “lesiones graves calificadas por violencia de género”.

En aquella oportunidad, Daniel Deprattiz, abogado de las mujeres, en diálogo con El Ancasti, había pedido que el sobrino sea detenido por las amenazas proferidas a sus defendidas. Al mismo tiempo, manifestó su malestar: "Presenté la demanda hace 20 días pero nunca me constituyeron como defensor, violando claramente los derechos de las víctimas. Y ahora encima se pierde el expediente".
De acuerdo con la información recabada, Ibáñez se presentó en la casa de las víctimas aquel domingo con intención de agredir a su tía Irma Ibáñez, con quien mantenía un problema presuntamente por unas tierras. En este contexto, fue la hija de Eleodora, de 16 años, quien logró poner en fuga al violento sujeto. 

La adolescente salió de la casa y al ver a su madre y a su tía indefensas atacó a su primo y fue allí que el sujeto decidió huir del lugar. Todo habría ocurrido ante la mirada de los padres del agresor.
La suspensión del juicio a prueba es un derecho que la ley acuerda a ciertos y determinados individuos que han sido acusados formalmente de haber cometido un delito o más que darían lugar a la condena condicional. La suspensión del juicio a prueba no se puede conceder para todos los delitos, ni tampoco a todas las personas sospechadas de cometerlos.

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