En el ámbito de la Cámara Penal de Tercera Nominación se desarrolló un debate abreviado por un caso de “robo simple” en grado de tentativa. El acusado era Miguel Ángel Agüero y el juez Jorge Palacios lo condenó a la pena de seis años de prisión efectiva. El imputado tenía antecedentes pero mantuvo la declaración de primera reincidencia. Por tratarse de un debate abreviado, el fiscal subrogante Alejandro Gober y el abogado defensor Jorge Toledo llegaron a un acuerdo. Agüero había llegado en libertad y tras la puesta en conocimiento del veredicto, se ordenó su inmediato traslado al Servicio Penitenciario de Miraflores, Capayán.
El imputado fue hallado culpable de acuerdo con los artículos 42, 44 y 164 del Código Penal Argentino. Así se explica que “el que con el fin de cometer un delito determinado comienza su ejecución, pero no lo consuma por circunstancias ajenas a su voluntad, sufrirá las penas determinadas en el artículo 44. La pena que correspondería al agente, si hubiere consumado el delito, se disminuirá de un tercio a la mitad”.