Un total de 12 homicidios se registraron en la Provincia en lo que va del año; de esas muertes 3 fueron víctimas mujeres pero solo uno de los casos fue calificado penalmente con el agravante de femicidio.
De ese total 10 de los hechos ocurrieron en la 1º Circunscripción Judicial. Tres sucedieron en febrero, tres en abril, uno en mayo, uno en junio, uno en julio y otro ayer. Los otros dos sucedieron en Londres, Belén, y en Los Altos, Santa Rosa.
En base a las estadísticas de otros años y en base a lo consultado a la División Homicidios de la Policía se registran entre 8 y 10 muertes violentas por año. Hoy, a dos meses de que termina 2017, los registros muestran un panorama desolador.
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Suman 12 homicidios en el año, 3 mujeres muertas
Las mujeres
Sumada a la muerte de Julieta Herrera ayer, otras dos mujeres murieron bajo un mismo denominador, en mano de sus parejas.
-Margarita del Carmen Suárez
El 13 de septiembre en la localidad de Las Cañas, Santa Rosa, la mujer de 47 años fue ultimada en un paraje ubicado entre la localidad mencionada y Cortadera. Su pareja, Cristian Alba, quien fue sindicado como el autor del hecho, se quitó la vida y fue encontrado al otro día del hecho.
-Cecilia Olima
El 14 de mayo pasado en Londres, Belén, Miguel Ángel Rodríguez (41) ultimó a su pareja de 25 puñaladas. La causa fue caratulada como "homicidio doblemente calificado por femicidio y por mediar una relación de pareja". Fue elevada a juicio.
Femicidio
Si bien en el imaginario popular se tiene asumido que cuando un hombre mata a una mujer (más aún cuando hubo o hay una relación de pareja) se trata de un “femicidio”, el Código Penal Argentino advierte una diferencia.
Para que se califique como “femicidio”, entre el hombre y la mujer debe haber una relación asimétrica de poder, en desventaja de ésta. Es decir, la mujer debe ser cosificada y sometida por el poder de un hombre. Esta condición no siempre resulta fácil de probar.
En tanto que la calificación de “homicidio calificado por relación preexistente” –artículo 80 inciso primero de este Código- resulta más fácil de sostener, dado que si se trata de un matrimonio hay un acta que lo acredita, si se trata de una convivencia hay testigos, al igual que una relación de noviazgo. No obstante, en ambos casos la pena es de prisión perpetua.