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Matrimonio riojano purga una pena de cinco años por transportar marihuana

La cédula verde dio el alerta y una perra encontró droga

Gendarmería realizaba un control en La Merced en marzo de 2014. Tenían más de dos kilos de esta hierba.
10 de octubre de 2017 - 04:04 Por Redacción El Ancasti

La semana pasada, el Tribunal Oral Federal (TOF) condenó a la pena de cinco años de prisión domiciliaria a un matrimonio riojano que en marzo de 2014 había transportado marihuana. Además, se estipuló para cada uno de los cónyuges, Daniel Alberto Peñaloza y María Azucena Márquez, una multa de $5.000. 


El juez federal Juan Carlos Reynaga en la fundamentación de la sentencia consideró que quedó comprobado fehacientemente, sumadas las pruebas en audiencia de debate la participación criminal de los acusados. Gendarmería Nacional había secuestrado poco más de dos kilos de marihuana, que se encontraba oculta en el baúl del vehículo en el que se transportaba el matrimonio.

El magistrado detalló que el 27 de marzo de 2014, a las 2.30, personal de Gendarmería Nacional Argentina realizaba un control vehicular sobre la traza de la ruta nacional N° 38, a la altura del km. 639 en aproximaciones a la localidad de La Merced, Paclín. El matrimonio Peñaloza Márquez se trasladaba en un automóvil Volkswagen Voyage. Uno de los gendarmes que participó en el operativo solicitó la documentación correspondiente a Peñaloza. Se constató que el hombre tenía una tarjeta verde que no coincidía con el titular del vehículo. Con la ayuda de una perra adiestrada en búsqueda de materiales estupefacientes se pudo encontrar la sustancia que transportaban. El animal demostró excitación en la parte posterior del automóvil, más precisamente en la parte del baúl, a lo que el personal ante este indicio hizo detener un vehículo donde viajaban los ciudadanos Raúl Alberto Vega y Sergio Ramón Arévalo, quienes participaron en calidad de testigos de actuación en el procedimiento.


“Una vez presentes los testigos se procedió a la apertura del baúl del automóvil, de donde se extrajo -debajo de la rueda de auxilio- dos paquetes de formato rectangular envueltos en cinta de embalar y recubierto con bolsa de nylon, que poseían en su interior una sustancia tipo herbácea que sometida a la pertinente prueba de campo, arrojó resultado positivo de probable marihuana por un peso total de 2.112 gramos de marihuana”, precisó.


Para Reynaga, los acusados Daniel Alberto Peñaloza y María Azucena Márquez participaron en el evento criminoso, ya que quedó plenamente acreditado en audiencia de debate que ambos detentaba y transportaban la marihuana de manera común, en forma funcional y teniendo ambos libre disposición de ésta, con la clara intención de entregársela a un sujeto en la Capital de Catamarca. “Por ende, surge de manera evidente la existencia del hecho típico, antijurídico y culpable violatorio de la Ley 23.737, motivo de la acusación y la participación material penalmente responsable de los encartados en relación con el hecho ilícito que se le enrostra en la acusación fiscal”, remarcó.
El matrimonio llegó a debate con prisión domiciliaria y mantuvo esta modalidad, dado que tiene un hijo con discapacidad y Peñaloza tiene problemas de salud. No obstante, el magistrado estableció que los padres no podrán llevar a rehabilitación al niño y que esta función estará a cargo del área de Salud de la Provincia de La Rioja. 

Rechazo
Los acusados Peñaloza y Márquez habían pedido, a través de sus defensores Gustavo Adrián Vedia y Hugo Ricardo Vizoso, un planteo de nulidad pero el pedido no tuvo lugar. En el operativo se advirtió que Peñaloza no tenía los papeles en regla y, a modo de transparentar la requisa vehicular se consiguieron dos testigos hábiles para realizar el procedimiento conforme lo prevé el marco normativo. “Surge evidente que el procedimiento llevado adelante sobre el vehículo y los procesados fue realizado en el marco del artículo 230 bis del Código Procesal Penal de la Nación”, advirtió.
Además, del análisis de ambos planteos de nulidad, Reynaga destacó que ninguna de ellas especifica de manera alguna cuáles serían los actos procesales por los cuales se consideran agraviados.

¿Qué pasó?
En la madruga del 27 de marzo de 2014, personal perteneciente a Gendarmería Nacional que se encontraba realizando un control vehicular en el kilómetro 639 de la ruta nacional N° 38 en la localidad de La Merced, Paclín de esta provincia, detuvo la marcha de un automóvil Volkswagen, modelo Voyage. En este rodado se encontraba Daniel Alberto Peñaloza, acompañado por María Azucena Márquez, su pareja. Al proceder a realizar el control físico del rodado, una perra detectora de narcóticos al estar frente al baúl del vehículo se exaltó por la presencia de estupefacientes. El personal de Gendarmería logró incautar dos paquetes de formato rectangular envueltos en cinta de embalar y recubierto con bolsa de nailon, los cuales se encontraban ocultos debajo de la rueda de auxilio. Se trataba de un total de dos kilos 112 gramos de marihuana. También se procedió al secuestro de dinero en efectivo y teléfonos celulares, todos elementos que se encontraba en poder de los imputados.

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