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En relación a la resolución para evitar arrestos por merodeo y falta de DNI

"Con esa resolución les estamos dejando vía libre a los delincuentes"

Una sentencia del juez de Menores Rodrigo Morabito prohibió el arresto a menores por "actitud sospechosa" o "merodeo".
20 de diciembre de 2016 - 04:12 Por Redacción El Ancasti
El Juez Rodolfo Bustamante, Presidente de la Cámara Penal Nº3, cuestionó fuertemente a la resolución emitida por el Juez de Menores Rodrigo Morabito quien semanas atrás dicto una sentencia en la que prohibió el arresto a menores por "actitud sospechosa" o "merodeo", que son realizados a diario por la Policía provincial. Entre los conceptos que emitió Bustamante dijo que "si la policía  se mantiene en forma pasiva, no hace más que permitir una serie de hechos que luego nosotros tenemos que juzgar y se podían evitar”, resaltando que "con esa resolución les estamos dejando la vía libre a los delincuentes”.

En diálogo con elancasti.com.ar, el camarista resaltó que leyó con  sorpresa la resolución  "porque me parece que no es correcto prohibir a las fuerzas policiales que actúen en función a lo que establece la ley”. 

"Con el juez (Rodrigo Morabito) diciendo que no debe existir el merodeo, que no debe existir la conducta sospechosa, los delincuentes van a tener mayor libertad para cometer los delitos, especialmente de arrebatos, viviendas. Y la vida de hoy nos exige ser más riguroso, pero no hablo de violar la ley, solo que debemos darle los instrumentos a la Policía para que actúe. Pero si hay un juez que está cortando todo eso, creo que la inseguridad puede aumentar” se lamento el magistrado.

Estimó además que Morabito "debería  interpretar la ley y fijar los alcances de esos conceptos, pero no prohibir porque creo que nosotros no tenemos la facultad de prohibir en cuanto a lo que deben hacer otros poderes del Estado. En todo caso, si le preocupa tanto, debería ver si hubo abuso de autoridad y denunciar  para que la Justicia penal se encargue y así establecer si ocurrió o no y declarar la inconstitucionalidad, pero no prohibir”, señalo.

Bustamante solo coincidió con Morabito en que no "se puede detener a la gente que porque transite sin DNI, pero en todo caso hay que ver en qué contexto se produce dicha acción”, aclaró.
El camarista puntualizó que el "doctor Morabito debió fijar bien los alcances de la norma para que el personal policial sepa a qué atenerse pero no prohibirles, porque con esa resolución les estamos dejando la vía libre a los delincuentes”.
 
La inconstitucionalidad 

En declaraciones radiales, el juez de Menores Rodrigo Morabito respondió a Bustamante y señalo: "yo prohíbo que la policía prive de la libertad a un niño, niña o adolescentes porque no tenga DNI y se traslade en actitud sospechosa.  En 2012 se presentó un protocolo de acción a la policía en donde dice que no se puede privar de la libertada una persona menor de edad.  Y simplemente lo que digo en la sentencia es que la policía no podrá utilizar respecto a  niños, niñas y adolescentes la averiguación de identidad y la actitud sospechosa. Esta es una práctica inconstitucional. Y yo ya declaré esa inconstitucionalidad. El fallo no dice que no puede identificar, lo que no puede es privarlo de libertad por no tener DNI". 
 
La Ley Policial   

La Policía de Catamarca actúa en base a lo estipulado en el artículo 8 de su Ley Orgánica, que dice que en cumplimiento de las funciones podrá: ”Arrestar a toda persona de la cual sea necesario conocer sus antecedentes y medios de vida en circunstancias que los justifiquen o cuando se nieguen a identificarse(...)"
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