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Se leyeron los argumentos de la sentencia por intento de homicidio

Para los jueces, el “Porteño” actuó con “impunidad”

Damián Fernández fue condenado a la pena de 10 años y 6 meses de prisión por intentar envenenar a su tío.
26 de agosto de 2015 - 04:00 Por Redacción El Ancasti
Durante el mediodía del lunes en la sala de debates de la Cámara Penal N° 1 se leyeron los argumentos de la sentencia que condenó a Damián Fernández, alias "El Porteño”, a la pena de 10 años y 6 meses de prisión por el delito de homicidio en grado de tentativa por utilizar un medio insidioso. Si bien el fallo fue disidente, la mayoría de los jueces opinó que Fernández actuó con cierto grado de "peligrosidad e impunidad”.

Fernández estaba acusado de intentar quitarle la vida a su tío Julio Martínez, dándole a beber de manera "engañosa” vino con veneno para hormigas. El hecho se registró el 1 de abril del año pasado en la vivienda que tanto Martínez como Fernández compartían desde hacía 6 meses, momento en que el acusado había llegado desde Buenos Aires para buscar trabajo.

En aquel momento, según sostuvieron los jueces, Fernández habría puesto veneno en la botella de vino que solía consumir su tío. A la hora del almuerzo, le habría insistido para que tomara, pese a que él quería tomar "naranjada”. Posteriormente y mostrando una total "indiferencia” y pese a que su tío le había dicho que se sentía mal, le dijo que se iba a trabajar. Sin embargo, se habría quedado en la puerta de su casa arreglando el auto y su tío, con los dolores de cuadro de envenenamiento, tuvo que llamar a su empleada que fue quien finalmente llamó al SAME para que lo auxiliaran.

Esta supuesta actitud indiferente de Fernández habría pesado en su contra al momento de fijar la pena. También en perjuicio de él se tuvo en cuenta que en su accionar actuó de manera peligrosa e impune "no solo en el procedimiento insidioso utilizado que forma parte de la conducta típica del delito, sino en el aprovechamiento y abuso de confianza que le brindaba el que reconocía como tío, que consistía no solo en alojamiento y comida sino que además le había conseguido un trabajo digno para que pudiera progresar económicamente y mejorar su calidad de vida”.

Por su parte, el juez Carlos Roselló, quien votó en disidencia, se refirió a que pese a que se dijo que Fernández habría admitido haber puesto el veneno en la botella, esto nunca se dijo y que al momento de llegar la empleada al lugar, éste nunca habría sindicado a su sobrino como quien habría intentado envenenarlo.

Para él, "cualquiera de las personas que habitaban en la casa tenían acceso tanto al lugar en donde se guardaba el veneno como al comedor y por lógica la posibilidad de manipular lo que ahí había.

Por esto señala las dudas en cuanto a la autoría de Fernández y sostiene su absolución por el beneficio de la duda.
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