jueves 28 de marzo de 2024
Iván Andrés Roldán también fue declarado reincidente por tercera vez

Lo condenan a 8 años por golpear y amenazar a su ex

Estaba acusado de 8 hechos. Su abogado pidió que sea absuelto de todos los delitos.

Por Redacción El Ancasti
El juez de la cámara Penal Nº 1, Fernando Esteban, condenó ayer a Iván Andrés Roldán, alias "Pelo”, a sufrir la pena de 8 años de prisión tras ser encontrado culpable de 8 delitos cometidos contra su ex pareja y madre de sus hijos. Teniendo en cuenta que aún le restaba cumplir parte de una pena anterior de 7 años, dada por la misma cámara penal, la pena se unificó en 15 años.

Si bien Roldán había negado todo lo sucedido y durante su última palabra volvió a hacerlo, y hasta agradeció que lo hayan enviado a la cárcel "porque era la única forma de separarme de mi mujer”, el fiscal Jorge Silva Molina mantuvo la acusación por todos los delitos. 

Roldán habría comenzado a acosar a su ex pareja a los pocos días de salir de la cárcel. Ante esto, y por temor, la mujer de apellido Gordillo lo denunció en febrero de 2013 porque él la amenazó de muerte. A esa denuncia le siguieron cuatro más por situaciones similares, donde afirmaba que el imputado llegó a decirle que también mataría a sus hijos. Las cosas fueron tensas hasta que durante una noche de abril de 2014, y pese a que existían restricciones legales para que lo hiciera, la habría golpeado y luego, cuando salió de la vivienda, sacó nafta de la moto, roció los muebles y cama de la mujer con el combustible y encendió todo.

Silva Molina no le creyó a Roldán, quien dijo que todo fue al revés y se posicionó como víctima. Entonces, solicitó la pena de 8 años de cárcel para él y la declaración de reincidencia por tercera vez.

Nolasco Contreras, defensor de Roldán, negó todo lo sucedido y pidió la absolución lisa y llana de los 8 delitos. Finalmente, Esteban coincidió con lo vertido por el ministerio público fiscal y dictó una sentencia condenatoria de 8 años. Además, y teniendo en cuenta que el acusado aún no había terminado de cumplir una condena anterior al momento de cometer los nuevos delitos, la pena se le unificó en 15 años y se lo declaró reincidente por tercera vez.
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