9 de noviembre de 2008 - 00:00
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Luces y sombras de la "nueva excarcelación"
Lo segundo, porque no se fijan parámetros objetivos que permitan determinar con certeza cuando debe entenderse que el imputado no se fugará ni entorpecerá la acción de la justicia. Dejar esto al amplio arbitrio judicial, puede generar un doble problema: arbitrarias restricciones por mero subjetivismo del magistrado, o lo contrario, generosidad excesiva no exenta de las sospechas que ello pudiera generar, y que en buen romance se llama peligro de corrupción. En cuanto a lo tercero, sabido es que normalmente solo llegan a fallo las causas penales con detenido; el resto, mueren en el camino (prescriben). Será menester agilizar los trámites, y esa es una cuestión a la que hasta hoy no se le encuentra solución.
En conclusión, el fallo debe ser saludado como un triunfo de las libertades del ciudadano en el largo e inextinguible camino de los derechos humanos, más debe tomarse conciencia de la importancia de introducir reformas que tornen más eficiente, y sobre todo ágil y más veloz, a la administración de justicia.
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