Aprueban el proyecto para los debates presidenciales obligatorios
Un proyecto de ley que establece la obligatoriedad de los debates entre los candidatos a presidente durante las campañas electorales recibió este mediodía dictamen favorable.
La iniciativa, que quedó en condiciones de ser aprobada en
el recinto en la próxima sesión, modifica el capítulo IV bis del Título III del
Código Electoral Nacional, ley 19.945, e incorpora un nuevo artículo que
sostiene la obligatoriedad de "los debates preelectorales públicos entre
candidatos a Presidente de la Nación, con la finalidad de dar a conocer y
debatir ante el electorado las plataformas electorales de los partidos, frentes
o agrupaciones políticas”.
El texto al que tuvo acceso Télam y que fue aprobado con
acuerdo de las principales bancadas del Senado, añade que estarán comprendidos
en esta obligatoriedad "todos los candidatos cuyas agrupaciones políticas
superen el piso de votos establecido para las elecciones primarias abiertas,
simultáneas y obligatorias reguladas por la ley 26.571”.
La propuesta prevé que la Cámara Nacional Electoral
convocará a quienes estén obligados a participar del debate en los cinco días
hábiles posteriores a su proclamación como candidatos, una vez superadas las
elecciones primarias, a fin de determinar su voluntad de participación en el
debate fijado por esta ley.
Advierte además que "aquellos candidatos que por
imperio de lo aquí dispuesto se encuentren obligados a participar de los
debates y no cumplan con dicha obligación serán sancionados con el no
otorgamiento de espacios de publicidad audiovisual, establecidos en el Capítulo
III bis del Título III de la Ley 26.215, incorporado por el Artículo 57 de la
Ley 26.571".
"Dichos espacios se repartirán de manera equitativa
entre el resto de los candidatos participantes", aclara la iniciativa, y
detalla que "el espacio físico que le hubiera sido asignado al candidato
faltante permanecerá vacío junto al resto de los participantes, a fin de
denotar su ausencia”.
Respecto a los temas a debatir, se determina que la Cámara
Nacional Electoral, con asesoramiento de organizaciones del ámbito académico y
de la sociedad civil comprometidas con la promoción de los valores
democráticos, convocará a los candidatos o representantes de las organizaciones
políticas participantes, a una audiencia destinada a acordar el reglamento de
realización de los debates, los moderadores de los mismos y los temas a abordar
en cada uno de ellos".
Establecer que se fijarán dos instancias de debate, uno de
los cuales deberá llevarse a cabo en el interior del país, en la capital de
provincia que determine la Cámara Nacional Electoral, y que los encuentros
tendrán lugar dentro de los veinte y hasta los siete días anteriores a la fecha
de la elección.
En caso de que la elección presidencial se decida a través
del procedimiento de ballotage, se realizará un debate adicional, con los
candidatos que accedan a la elección definitoria, el que tendrá lugar dentro de
los diez días anteriores a la fecha de la elección, agrega el texto del
dictamen.
De acuerdo al dictamen aprobado, el debate presidencial
obligatorio será transmitido en directo por todos los medios pertenecientes a
Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado (R.T.A. S.E).
Durante la reunión de hoy de la comisión de Asuntos
Constitucionales, que preside el senador nacional por el Frente para la
Victoria, Marcelo Fuentes, uno de los autores de la iniciativa, el senador
nacional, también del FPV, Eduardo Aguilar, destacó el "consenso"
logrado entre las bancadas mayoritarias como la de Cambiemos y destacó la
incorporación del "asesoramiento académico" para fijar los temas que
serán abordados por los candidatos durante el debate.
El jefe de la bancada de Cambiemos, Angel Rozas, coincidió
con su par de la oposición y dijo que están "muy conformes" con el
texto aprobado.