miércoles 29 de abril de 2026

La Haya estableció que la planta de Botnia seguirá funcionando porque no contamina

La Corte Internacional advirtió que Montevideo violó el tratado del Río Uruguay al autorizar unilateralmente la construcción de la planta. Aclaró que no tiene pruebas del uso de insumos contaminantes y para ordenar la relocalización.

La Corte Internacional de La Haya señaló que Uruguay no respetó la obligación del apartado 7 del Estatuto de 1975, que obliga a informar sobre los proyectos a la comisión bilateral del Río Uruguay, al autorizar la construcción de la planta de celulosa de Botnia.

La información sobre los proyectos sólo puede provenir de la obligación de informar, que está a cargo de la parte que proyecta construir dichas industrias sobre las márgenes del río, señaló Peter Tomka, el magistrado a cargo de la lectura del fallo.

Uruguay no informó los trabajos proyectados antes de autorizar la construcción de Botnia, determinó la Corte Internacional de La Haya, por lo que se entiende desconoció el artículo mencionado en el Estatuto del Río Uruguay firmado en 1975 con la Argentina para determinar el marco legal que contemple la utilización del recurso compartido.

La Corte considera que Uruguay no tenía derechos durante todo el período de consultas ni de autorizar la construcción ni de construir las plantas ni la terminal portuaria, agregó. Impacto en el medio ambiente

La Corte Internacional aseguró que todo cambio en el balance ecológico del Río Uruguay debe ser coordinado por ambas partes, y que en este sentido no puede haber acciones individuales por parte de uno de los Estados.

La obligación de coordinar estas acciones toma un rol central y es importante que ambas partes respeten esta norma, se asegura en la sentenciaImpacto en el turismo y malos olores

Sin embargo, Tomka aclaró que el tribunal internacional no puede intervenir en polémicas y acusaciones sobre la eventual contaminación del Río Uruguay. La demanda relativa sobre los malos olores y su impacto en el turismo no son de competencia de esta corte, remarcó.

El tribunal internacional de La Haya sostuvo que la Argentina no dio pruebas sobre la eventual contaminación de la planta de celulosa que instaló la empresa Botnia en las costas del Río Uruguay.

El juez de La Haya sostuvo que el tribunal no ve nada que pueda sustentar las demandas de la Argentina en materia de contaminación visual y ambiental.

Ningún artículo del Tratado del Río Uruguay aborda el tema malos olores , en consecuencia y por las mismas razones, la demanda relativa a los malos olores y a su impacto en el turismo no es de competencia de esta corte, aunque estos olores puedan entrar en la contaminación atmosférica, pero la verdad es que la Argentina no dio pruebas.

El magistrado aclaró que el tribunal internacional no ve en el estatuto (del Río Uruguay) ninguna disposición que pueda sostener esta demanda, contaminación, que presentó la Argentina contra la planta de celulosa instalada en la ciudad de Fray Bentos.
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