Guerra de bengalas en un aula: qué responsabilidades pueden recaer tras el hecho
Abogados explicaron qué responsabilidades pueden recaer sobre alumnos, padres y autoridades tras el episodio ocurrido en una escuela de Valle Viejo.
El episodio ocurrido en la Escuela Secundaria N°8 Gobernador José Cubas, en la localidad de San Isidro (Valle Viejo), donde un grupo de estudiantes protagonizó una “guerra de bengalas” dentro de un aula, reavivó el debate sobre la violencia escolar y las responsabilidades que pueden derivarse de este tipo de hechos. Las imágenes, que se viralizaron en los últimos días, muestran a alumnos manipulando y disparando bengalas dentro del aula, con el consiguiente riesgo de provocar incendios o causar lesiones. La situación generó preocupación tanto por la peligrosidad de los elementos utilizados como por el contexto en el que ocurrió. En este marco, los abogados Bruno Jerez y Sebastián Ibáñez, en el programa MañanaCentral, analizaron el caso desde una perspectiva legal y social. Advirtieron que este tipo de situaciones no pueden abordarse únicamente desde la conducta de los estudiantes, sino que deben entenderse como parte de un contexto más amplio.
Jerez señaló que los adolescentes suelen ser “emergentes de una sociedad caótica” y remarcó la importancia de analizar la responsabilidad de los adultos en la formación y el acompañamiento. También mencionó que factores como el contexto social, las dificultades económicas y el consumo de contenidos violentos pueden influir en este tipo de conductas. Por su parte, Ibáñez explicó que existe un marco normativo claro que regula estas situaciones, como la Ley 26.061 de protección integral de niñas, niños y adolescentes, que establece derechos y obligaciones tanto para los menores como para los adultos responsables.
En cuanto a las responsabilidades, indicó que las autoridades educativas tienen la obligación de intervenir e informar este tipo de hechos. En caso de no hacerlo, podrían enfrentar sanciones administrativas conforme a la normativa vigente. Además, señaló que si se produjeran daños materiales en el establecimiento, los padres de los alumnos involucrados podrían ser responsables de su reparación, según lo establece el Código Civil.
Respecto a los estudiantes, recordó que, en determinados casos y dependiendo de la edad, pueden existir consecuencias penales si se comprueba la comisión de delitos como lesiones o daños. Jerez, a su vez, explicó que la responsabilidad dentro del ámbito escolar recae principalmente en la institución, en función de la denominada “delegación de guarda”, por la cual los padres transfieren temporalmente el cuidado de sus hijos a los docentes y directivos durante la jornada escolar.
También detalló que la conducta de los docentes puede ser evaluada en términos de negligencia, imprudencia o impericia, en función de si cumplieron o no con las obligaciones de control y prevención. Ambos profesionales coincidieron en la necesidad de reforzar la capacitación de docentes y directivos en materia legal, así como de generar mayor conciencia en la comunidad educativa sobre las consecuencias de este tipo de conductas.