El ejecutivo municipal de Fray Mamerto Esquiú adhirió al decreto provincial por Régimen Sancionatorio Excepcional mediante D.E.M. 227/2020.
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El ejecutivo municipal de Fray Mamerto Esquiú adhirió al decreto provincial por Régimen Sancionatorio Excepcional mediante D.E.M. 227/2020.
En el mismo establece los montos de multa a quienes infrinjan las normas de prevención, los horarios y protocolos establecidos.
LAS MULTAS
Multa por Incumplimiento del uso del Barbijo y/o medios de protección. Entre $ 2.000 a $ 5.000
Multa por Incumplimiento de las normas y protocolos de las medidas de prevención en comercios, empresas, industrias y prestadores de servicios en general. Entre $ 10.000 a $ 30.000
Multa por Incumplimiento de medidas de prevención en relación a reuniones sociales. Entre $ 15.000 a $ 20.000
Multa por Incumplimiento de disposiciones y medidas para el ingreso, tránsito y permanencia en territorio provincial. Entre $ 50.000 a $ 100.000
Multa por Incumplimiento de restricciones a la circulación, observancia del aislamiento social, preventivo y obligatorio o el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, $ 50.000
Multa por Incumplimiento de límite horario para actividades y toda persona que incumpla con las restricciones a los horarios establecidos por la autoridad competente.Entre $ 20.000 a $ 30.000
REDUCCIÓN POR PAGO VOLUNTARIO
La Autoridad competente dispondrá un descuento del cincuenta por ciento (50%) del monto de la multa aplicada cuando el infractor efectúe el pago de manera espontánea. Cuando el infractor acredite fehacientemente no contar con medios económicos suficientes para afrontar el pago, la autoridad competente podrá disponer la realización de trabajo comunitario.
Cabe destacar que en el ámbito departamental rige la veda de ventas de bebidas alcohólicas y se encuentran totalmente prohibidas las practicas deportivas, hasta nuevo aviso.