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Certificados de escolaridad

30 de septiembre de 2006 - 00:00
La dirección de Recursos Humanos informó que aquellos agentes de la Administración Pública que tengan hijos en edad escolar hasta 21 años y que concurran a establecimientos de Nivel Inicial, EGB I, II y III, Polimodal, Regímenes Especiales y Nivel Superior-Terciario no universitario y terciario universitario, deberán presentar los correspondientes certificados de escolaridad de “alumno regular” hasta el 18 de octubre inclusive.

La documentación tendrá que ser presentada al encargado de personal de la repartición en el cual presta servicios el agente público, siendo este requisito sin excepción.

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