Primer juicio por jurados en el Fuero Penal Juvenil
"Uno de los cambios de paradigmas más importantes"
Así lo consideró el juez especializado Fabricio Gershani Quesada, quien dirigió el primer juicio popular penal juvenil.
El reciente juicio por jurados efectuado en la órbita del Tribunal Penal Juvenil de Catamarca sentó un precedente, al margen de su resultado, no sólo en Catamarca y en el país sino también en Latinoamérica. Desde el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) se advirtió que los juicios populares no sólo rigen para las personas mayores de edad sino también para adolescentes punibles –es decir, entre 16 y 17 años-.
Además, debe tenerse en cuenta que en Catamarca la Justicia Penal Juvenil tuvo una evolución. Pasó de ser una “Juzgado de Menores”, con la Ley Nacional 10903 de “Patronato de Menores” como norte -más conocida como Ley Agote, en homenaje a su autor, el catamarqueño Pedro Agote, el autor de la normativa- a convertirse en un fuero especializado. En el marco de este proceso, Catamarca se puso en sintonía con las nuevas normativas en materia de niñez y adolescencia. En agosto de 2013 entró en vigencia la Ley Provincial 5357 de Sistema de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, en consonancia con la Ley Nacional 26061 y la Convención de los Derechos del Niño. De a poco, el Juzgado de Menores pasó a declinar las competencias Civil y Asistencial a otras áreas para dedicarse de lleno a la problemática de los adolescentes en conflicto con la ley penal.
En enero de 2019 entró en vigencia la Ley Provincial 5544 de Creación de Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil. Era mucho más que un cambio de denominación. En estos cambios, a finales de 2021 entró en vigencia la Ley Provincial 5719 de Juicio por Jurados y el cambio también llegó al Tribunal Penal Juvenil.
“Sin lugar a dudas es uno de los cambios de paradigmas más importantes que se ve en estos procesos. Pasamos de un proceso inquisitivo -la sociedad no intervenía de ninguna manera y la víctima del delito tampoco intervenía- a un proceso acusatorio, con paridad de armas. La víctima interviene de manera directa; tiene el derecho a ofrecer prueba, a intervenir, a participar, a ser escuchada y ese derecho se hace efectivo. Además, la sociedad tiene el derecho a determinar, de acuerdo con el sentido común, que es el más importante de los sentidos, si un hecho le parece si existió o no, tan simple como eso”, consideró el juez penal juvenil Fabricio Gershani Quesada.
El magistrado del fuero especializado estimó que los técnicos en la material probablemente no llegan a una conclusión tan simple del mismo modo que logra llegar un jurado popular. “Celebro y festejo que la sociedad pueda participar en algo tan delicado como es la Justicia de niños y adolescentes, que siempre le fue vedada. La sociedad y los medios de comunicación estaban un tanto aislados de lo que ocurría en este micromundo llamado penal juvenil. Hoy, la sociedad interviene de forma directa, incluso tomando las decisiones más importantes. Eso me parece, por lo menos para esta sociedad de Catamarca, muy importante, sin desconocer –debo ser honesto intelectualmente- que la mayoría de los especialistas no está de acuerdo con el juicio por jurados. Considero que en nuestra provincia, los ciudadanos se encuentran en perfectas condiciones de juzgar un hecho –no están juzgando otras circunstancias- cometido por personas menores de edad”, comentó.
Tiempos modernos
La concreción de un juicio por jurados en el Tribunal Penal Juvenil “es un cambio de paradigma” sostuvo Gershani Quesada. A la vez, remarcó que “hay que ser totalmente respetuoso de las decisiones soberanas del jurado”. El jurado en ese momento está representando al pueblo de Catamarca, que tiene el derecho y la obligación de intervenir, precisó.
En este primer juicio popular del fuero especializado, dos acusados debían responder por delitos contra la integridad sexual. Tras deliberar se llegó a un veredicto unánime, tal y como lo marca la normativa en cuestión. Se declaró juicio estancado y se deberá realizar otro juicio por jurados.
“Ellos, al escuchar de forma clara y precisa las pruebas que se le ofrecieron, tanto de la acusación como de la defensa, consideraron que no estaban en condiciones de tomar una decisión unánime. Ni yo ni nadie tiene derecho a saber cómo llegaron a la decisión que tomaron porque están imbuidos por una serie de garantías, entre éstas que su deliberación es totalmente secreta; nadie podrá preguntar ni cuestionar al jurado por qué tomó esa decisión. En su procedimiento interno no lograron la íntima convicción ni para un lado ni para el otro. El legislador previó está situación y resolvió que el pueblo tiene derecho a que se haga un nuevo juicio para determinar si el hecho existió o no y si estas personas son autores o partícipes”, explicó el juez Gershani Quesada.