En los fundamentos de la acusación que formuló con el fiscal Laureano Palacios, el fiscal del Jury, Miguel Mauvecín, enfatizó las características que diferencian a este tipo de procesos de los juicios ordinarios.
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Un acto de servicio
“En el presente proceso no se aplican penas, ni se exige la tipicidad, ni rige el ‘in dubio pro reo’. Contrariamente, la duda favorece a la sociedad, se invierte el principio jurídico que obliga probar los hechos en contra del acusado, ya que los magistrados y funcionarios del Ministerio Público deben tener una marcada imagen positiva ante los justiciables y, por ende, ante la sociedad en su conjunto”, señaló.
A criterio de Mauvecín, en el inicio de la investigación del asesinato del ministro Juan Carlos Rojas, Palacios “no se desempeñó con la debida diligencia que su cargo le imponía”.
No endilga al fiscal delito alguno. Lo acusa porque, pese a los fuertes indicios de que estaba ante un asesinato que surgieron de la primera autopsia, entregó el cuerpo para las exequias y no revirtió tal decisión hasta el día siguiente, cuando ordenó practicar un segundo estudio para, según dijo, tener más precisiones sobre la causa de muerte.
“Surge de los testimonios –argumentó Mauvecín- que luego de la autopsia ‘todo el mundo’ sabía que al señor Rojas lo habían matado. Palacios también lo sabía, y a pesar de contar con un deficiente informe entregó el cuerpo. Si dicha entrega fue por un error involuntario, excusable, debería haberlo subsanado inmediatamente tomando todas las medidas para enderezar el acto fallido”.
El cadáver de “Rojitas” fue encontrado el domingo 4 de diciembre. Palacios fue informado antes de que concluyera esa jornada del resultado de la autopsia, que marcaba una muerte violenta.
Palacios argumentó en su descargo ante el Jury que nadie le había advertido que hubiera signos de violencia, pero fue desmentido ante el fiscal Hugo Costilla por dos profesionales forenses que tuvieron contacto directo con él el mismo domingo 4 de diciembre, luego de la primera autopsia. Mauvecín incorporó estos dos testimonios, entre otros, para fundar su acusación.
La médica Daniela Miranda Zar, a cargo de la primera autopsia, declaró que se comunicó telefónicamente con Palacios al concluir el examen y le dijo que “no se trataba de una muerte natural”.
Sebastián Vega, director del Cuerpo Interdisciplinario Forense, consignó que recibió un llamado de Palacios entre las 22.30 y las 23, en el que el fiscal le requirió precisiones para establecer si la causa de muerte había sido “traumática por caída o traumática porque le pegaron”. Tras consultar a Miranda Zar, Vega le dijo que “se trataba de una muerte traumática con violencia”. A las 0.30, volvió a llamarlo y le dijo: “Para mí lo mataron”.
Sin embargo, 24 horas después del hallazgo del cuerpo, luego de que Luis Barrionuevo revelara en declaraciones periodísticas que Rojas había sido asesinado, el fiscal seguía porfiando con que no se habían encontrado signos de violencia y se trabajaba para “descartar la muerte violenta”. Había ya ordenado la segunda autopsia y recién 12 horas después de las declaraciones de Barrionuevo, confirmó que Catamarca estaba asistiendo al homicidio de un ministro.
La negligencia del fiscal Palacios desató una crisis institucional muy erosiva para el devaluado prestigio del Poder Judicial, en el marco de la cual cundieron las hipótesis de maniobras de encubrimiento y protección corporativa. Su terco aferramiento al puesto genera un enorme desgaste y debe consignarse que el Caso Rojas representaba para él una instancia adecuada para validar una competencia para el cargo que no tuvo que demostrar previamente en concurso alguno debido a sus contactos políticos.
Su fracaso en la prueba es incontrastable. Su renuncia antes del Jury puede considerarse a esta altura el único acto de servicio que está en condiciones de prestar para demostrar que, al menos, adquirió en su breve experiencia alguna noción de lo que implica ser fiscal.