martes 19 de marzo de 2024
La única imputada fue absuelta

"Socio" Cardozo y "Roly" Acosta fueron condenados por el "Juego de los Papelitos"

En el debate quedaron comprobados todos los hechos. El Tribunal fijó una condena de 14 años para Cardozo y de 10 años para Acosta.

Tras una larga jornada de debate, que se extendió hasta cerca de las 14, la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación llegó a un veredicto con relación a “El Juego de los Papelitos”. Jorge “Socio” Cardozo y Roberto “Roly” Acosta, junto con una joven, habían llegado imputados por el delito de "promoción a la prostitución agravado por la situación de vulnerabilidad y la edad de la víctima y por el uso de estupefacientes".

Tras varias audiencias, ayer se concretó la instancia de los alegatos. Dada la índole del delito, el debate se desarrolló a puertas cerradas a fin de preservar a las víctimas.

Fuentes consultadas por El Ancasti indicaron que la fiscal de Cámara Daniela Barrionuevo, mantuvo la acusación contra Cardozo y Acosta. Con relación a “Socio” Cardozo, la representante del Ministerio Público Fiscal puso énfasis en el agravante “por el uso de estupefacientes”. Según se detalló, quedó debidamente comprobado que la droga (cocaína y marihuana) que consumían las víctimas se las proporcionaba “Socio”. Al respecto, de acuerdo con el testimonio de las víctimas, se habían reconocido como adictas y Cardozo sacó ventaja de esta situación para manipularlas con estas sustancias. Por ello, la fiscal Barrionuevo solicitó para “Socio” Cardozo la pena de 16 años de prisión.

Con relación a Acosta, la representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que quedó probado que este acusado contrató los servicios sexuales de adolescentes de entre 15 y 16 años. “Roly” en una oportunidad fue más allá del consentimiento de las chicas. Para Acosta, la fiscal de Cámara pidió una pena de 12 años. En tanto que para la tercera imputada, debido a que la prueba no era contundente, la fiscal Barrionuevo solicitó la absolución por el beneficio de la duda.

Tras el alegato de la representante del Ministerio Público Fiscal que se prolongó por casi una hora y media, se pasó a un cuarto intermedio. Luego, fue el turno de la defensa. El abogado Fernando Contreras solicitó para ambos asistidos la absolución por el beneficio de la duda.

Dado el tiempo que las partes se tomaron para exponer sus conclusiones y realizar la petición en cuestión, el Tribunal habilitó hora. Tras un breve cuarto intermedio, poco antes de las 14, se hizo la lectura del veredicto.

Por unanimidad, los jueces Fernando Esteban, Carlos Moreno y Rodrigo Morabito hallaron culpables a Cardozo y Acosta en todos los hechos por los que habían sido imputados. A la vez, condenaron a Cardozo a la pena de 14 años de prisión y a Acosta, a 10 años. Con relación a la tercera imputada, dada la falta de acusación fiscal, fue absuelta por el beneficio de la duda.

Pese a la sentencia condenatoria, “Socio” Cardozo” y “Roly” Acosta mantienen la libertad hasta tanto el fallo quede firme. No obstante, se fijaron restricciones para con las víctimas.

Vulnerable

Con relación a la joven que compartió el banquillo de los acusados, en su alegato, la fiscal Barrionuevo advirtió que se encontraba en una situación de vulnerabilidad extrema. De acuerdo con la pericia psiquiátrica, en la joven no se evidenciaban indicios de que pudiera comprender y dirigir sus acciones. La chica presentaba los mismos rasgos vulnerables o peores que las víctimas: un consumo problemático de drogas que la llevó a la adicción, fugas reiteradas del hogar, un hogar disfuncional y sin ningún tipo de contención.

Dadas las circunstancias que involucraron a la joven en esta causa, la fiscal de Cámara consideró que ocupó el banquillo de los acusados porque cuando salió a luz el caso ya tenía 18 años y era mayor de edad. Según consideró la fiscal, se la quiso hacer responsable de un hecho por el que tal vez era una víctima más de la manipulación con estupefacientes.

A su turno, Orlando del Señor Barrientos, su abogado defensor, solicitó la absolución lisa y llana para la joven. El defensor, en su alegato, coincidió en gran medida con la representante del Ministerio Público Fiscal. A la vez, remarcó que se debe comparar el informe de la pericia psiquiátrica con el delito por el que se la acusa. En este marco, solicitó un abordaje con relación a la Convención de Belem Do Pará y le erradicación de violencia contra las mujeres y el contexto de vulnerabilidad en el que se encontraba su asistida.

Víctimas y testigos

Para este debate se ofrecieron, entre la Fiscalía y la defensa, 20 testigos pero se desistieron de varios. Un dato a destacar, con relación a los testigos, es que la causa fue desglosada. Es decir, finalizado este debate podría abrirse otro nuevo.

Al respecto, fuentes judiciales precisaron que durante la investigación, al escuchar la declaración de una testigo, se pudo advertir que en realidad se trataba de una víctima. La investigación inició a mediados de 2017 y fue encabezada por la Fiscalía de Instrucción de Tercera Nominación, por entonces con el fiscal Javier Herrera. A efectos de no demorar la elevación a juicio, la causa fue desglosada. La primera parte de la investigación se dio por concluida en abril de 2019. En ese expediente constan tres víctimas. Al desglosarse, se continuó la investigación de la causa con una cuarta víctima. Esta parte del expediente, aún continúa en trámite.

De la investigación surgió que “Roly” Acosta, un exempleado del Tribunal de Cuentas, alquilaba una casa en Villa Parque Chacabuco, en donde se llevaban a cabo las orgías sexuales con adolescentes. En donde también se realizaban las fiestas era un departamento del barrio Fray Mamerto Esquiú, en el que residía “Socio” Cardozo. Las adolescentes eran seducidas y "contratadas" bajo la promesa de recibir dinero y estupefacientes, a cambio de tener relaciones sexuales con adultos.

El expediente

Imputación: "Promoción a la prostitución agravado por la situación de vulnerabilidad y la edad de la víctima y por el uso de estupefacientes".

Culpables: Acusados: Jorge “Socio” Cardozo y Roberto “Roly” Acosta.

Condenas: 14 años para Cardozo y 10 años para Acosta.

Una joven fue absuelta por el beneficio de la duda.

Tribunal: Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación, integrada por los jueces Fernando Esteban, Carlos Moreno y Rodrigo Morabito.

Fiscal: Daniela Barrionuevo.

Defensores: Fernando Contreras Del Pino, por Cardozo y Acosta, y Orlando del Señor Barrientos, por la joven que resultó absuelta.

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