viernes 22 de marzo de 2024
Editorial

Que no se convierta en argumento para incumplir

En la presentación que realizó la semana pasada el ministro de Economía, Sergio Massa...

En la presentación que realizó la semana pasada el ministro de Economía, Sergio Massa, del nuevo Índice Crianza (IC) que elaborará el INDEC, se revelaron datos que ponen de manifiesto el impacto económico, además de otros que quedan implicados, que tiene el incumplimiento de los padres con sus hijos respecto de la “cuota alimentaria”

Al momento de presentar el índice, que calculará un monto mensual a partir de los bienes y servicios básicos necesarios para proporcionar alimento, vestido y educación, además de las tareas de cuidado que requieren las personas menores de edad para su desarrollo integral, Massa señaló que en el país hay tres millones de niñas y niños y más de medio millón de madres que no reciben la cuota alimentaria que les corresponde. El 26,1% de esas mujeres tuvo ingresos por debajo de la línea de pobreza y el 4,6% tuvo ingresos menores a la línea de indigencia. La deuda exigible por este incumplimiento es impactante: según los números presentados por el ministro de Economía, es de “$417.300 millones.

De acuerdo con datos de Unicef, el 50,2% de los hogares en los que no vive el padre de los niños no recibió dinero en concepto de cuota alimentaria en los últimos seis meses, y el 12% solo recibió cuota alimentaria algunos meses.

La idea, según planteó el propio gobierno, es que una vez elaborado y publicado el índice, la Corte Suprema de Justicia dicte una acordada que establezca obligatoria la aplicación en toda la Justicia de Familia. Por supuesto, se trata de una potestad de un poder independiente, que deberá resolver si es atinado ese mecanismo, u otro, para que los deudores cumplan. Salvo que el Congreso de la Nación le dé status legal a través de sus cámaras legislativas.

El Índice Crianza establecerá un número ideal, el necesario, como dice el proyecto, para que las chicas, chicos y adolescentes puedan acceder a bienes y servicios que le permitan un desarrollo integral. La contraprestación no es solo por alimentos sino que incluye los gastos de manutención, educación, esparcimiento, ropa, vivienda, salud y el desarrollo de una profesión u oficio, según consigna el proyecto.

En este punto debe señalarse que la construcción del índice debe servir como marco de referencia, como lo es la canasta básica. Pero en un país que tiene desde hace un lustro a alrededor del 40 por ciento de su población por debajo de la línea de la pobreza, la justa exigencia de su cumplimiento puede convertirse en una quimera. El padre incumplidor podría argumentar que la cuota que se le exige supera el monto de sus ingresos, lo cual generaría presentaciones legales que terminarían demorando lo que se pretende conseguir: que se haga cargo de lo que le corresponde, desde el punto de vista económico, para aportar a la crianza de sus hijos.

Deberán elaborarse estrategias para que los padres incumplidores se hagan cargo efectivamente de sus deudas. La construcción del índice es un recurso válido, pero es preciso que no se convierta en argumento para que el incumplimiento continúe por insolvencia demostrada.n

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