viernes 29 de mayo de 2026
La primera denunciante será reubicada en otra área del Poder Legislativo

Paola Fedeli no dará de baja a los empleados que denunciaron a Javier Galán

La presidenta de la Cámara de Diputados se resguardó en un dictamen "vinculante" de la Asesoría Legal del cuerpo, que consideró que las bajas podrían interpretarse como represalias.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Paola Fedeli, confirmó que el cuerpo rechazó el pedido de baja laboral presentado por el diputado Javier Galán contra Daniela Solohaga, la empleada legislativa que lo denunció penalmente por abuso sexual, exacciones ilegales y peculado de servicios.

La decisión fue adoptada en virtud de un dictamen vinculante emitido por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica de la Cámara, organismo que advirtió que la solicitud formulada por el legislador podría constituir una represalia en el marco de la denuncia judicial en curso.

Fedeli realizó el anuncio durante una conferencia de prensa y fue categórica respecto de la posición institucional: "Nosotros no nos vamos a mover". La misma decisión se tomará respecto de Iván Luna Avellaneda, cuya baja como agente del bloque del MID también fue solicitada.

Fedeli explicó que la solicituda de baja de Solohaga fue planteada por Galán pocos días después de que ingresara al cuerpo un oficio de la Justicia de Garantías pidiendo informes sobre su situación laboral. Ante esa circunstancia, y frente a la posibilidad de que se vulneraran derechos de la denunciante, la Presidencia del cuerpo decidió solicitar a la Dirección de Asesoría Legal y Técnica un "control de legalidad" sobre cualquier acto administrativo que pudiera afectar a Solohaga, quien pertenecía al cupo de personal asignado al legislador imputado.

"Ocho días después que ingresa el oficio, el diputado pide la baja de la agente. Entonces nosotros pedimos que se cumpla con ese acto administrativo vinculante", explicó Fedeli.

La titular de la Cámara subrayó que, una vez recibido el dictamen del área técnica, la Presidencia del cuerpo resolvió acatarlo en su totalidad.

"Quiero aclarar que no se apartó del cargo a nadie, en realidad se siguió un proceso administrativo", precisó.

Galán ya fue notificado formalmente de la resolución adoptada por la Cámara.

En ese sentido, Fedeli aclaró que el legislador conserva el derecho de continuar recurriendo dentro del ámbito institucional: "Puede agotar cualquier vía administrativa".

En cuanto a la situación laboral de Solohaga, el dictamen establece que la trabajadora deberá continuar cumpliendo funciones dentro del Poder Legislativo, aunque en un área distinta, por lo que será reubicada en alguno de los anexos de la Cámara.

Sobre el debate en torno a los fueros parlamentarios del diputado Galán y la posibilidad de un eventual desafuero, Fedeli optó por la cautela y prefirió no expedirse de manera directa. Informó que existe un proyecto presentado por la oposición vinculado a esa cuestión, aunque aclaró que la iniciativa todavía no tomó estado parlamentario y, por tanto, no ingresó formalmente al proceso legislativo.

"Quiero ser muy cuidadosa porque formo parte de la Comisión de Asuntos Constitucionales y tengo la obligación de mantener cierta cautela", expresó.

No obstante, la presidenta fue contundente al momento de referirse al alcance de las responsabilidades de los legisladores ante la Justicia.

"Porque somos legisladores no podemos llevarnos el mundo por delante o hacer cosas que no corresponden", afirmó y añadió: "Si nosotros cometemos algún delito o hacemos algo que no corresponde, más allá de los fueros, tenemos que ponernos a disposición de la Justicia".

Fedeli también aprovechó la conferencia de prensa para referirse a la relación entre la Cámara y el Poder Judicial en el marco de esta causa: "La verdad es que yo no tengo que esconder nada dentro de la Cámara. Puede venir la Justicia a averiguar y a preguntar lo que quiera; nosotros siempre estuvimos a disposición", afirmó, en un mensaje que buscó despejar cualquier duda sobre la colaboración institucional con la investigación judicial en curso.

Por último, la presidenta aclaró que el control sobre la asistencia de los empleados no recae en la administración central del cuerpo, sino en cada uno de los legisladores a quienes ese personal está asignado. "Son ellos quienes firman las planillas de asistencia de cada empleado", indicó.

El dictamen marcó nulidades "absolutas" e "insanables"

El dictamen emitido el 21 de mayo de 2026 por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica de la Cámara de Diputados de Catamarca, que sustentó la decisión de la presidenta Paola Fedeli de rechazar el pedido de baja laboral contra Daniela Solohaga, concluyó que la solicitud formulada por el diputado Javier Galán presentaba vicios de nulidad absoluta e insanable. El documento técnico-jurídico estableció que el acto no podía ser ejecutado ni producir efecto jurídico alguno tal como había sido formulado.

El análisis parte de una secuencia de hechos que el organismo consideró determinante. El 4 de mayo de 2026 ingresó a la Cámara un oficio judicial proveniente de la causa penal iniciada por Solohaga contra Galán, en la que se le imputan los delitos de abuso sexual, peculado de servicios y exacciones ilegales. Ocho días después, el 12 de mayo, el legislador suscribió una nota solicitando la baja en planta transitoria de la denunciante con efectos retroactivos al 30 de abril, es decir, a una fecha incluso anterior al ingreso del oficio. En el mismo escrito, propuso el alta de otra persona en reemplazo de Solohaga.

Para la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, esa inmediatez cronológica entre el conocimiento institucional de la investigación penal y el posterior pedido de desvinculación de la denunciante constituyó el elemento central que dio origen al análisis y la evidencia más elocuente de que la causa real del acto no era de naturaleza laboral ni respondía a razones de servicio.

El organismo señaló que el pedido no invocaba evaluación de desempeño alguna, ni modificación en la estructura del bloque, y que su único antecedente verificable y próximo era el ingreso de la causa penal.

El dictamen identificó tres vicios jurídicos independientes y concurrentes. El primero fue el vicio en la causa: la solicitud carecía de fundamento fáctico legítimo, ya que la motivación real difería de cualquier justificación administrativa válida, lo cual, según la doctrina del derecho administrativo citada en el documento, determina la nulidad absoluta del acto. El segundo vicio detectado fue la desviación de poder: aunque el artículo 157 del Reglamento Interno de la Cámara reconoce a los legisladores la facultad de requerir la remoción del personal transitorio a su cargo sin necesidad de sumario previo, el organismo asesor advirtió que esa potestad no es irrestricta y que ejercerla como mecanismo de represalia contra una denunciante implica utilizarla para una finalidad radicalmente ajena a la que justifica su existencia.

El tercer vicio señalado fue la retroactividad improcedente. El pedido pretendía que la baja tuviera efectos desde el 30 de abril, fecha anterior incluso al ingreso del oficio judicial. El dictamen recordó que la retroactividad de un acto administrativo que afecta derechos adquiridos requiere habilitación legal expresa.

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