La Corte de Justicia aprobó, mediante la Acordada Nº 4849, un nuevo procedimiento para documentar las autorizaciones de traslado de niñas, niños y adolescentes fuera de Catamarca y dentro del territorio de la República Argentina. La normativa entró en vigencia el 1 de octubre y permite que el trámite se realice con los mismos requisitos y criterios en toda la provincia.
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Nuevas pautas para autorizar el traslado de chicos y chicas
La Corte aprobó un nuevo procedimiento para documentar las autorizaciones de traslado.
El objetivo es unificar la información y la documentación solicitada, brindar mayor seguridad jurídica y facilitar la presentación del instrumento ante las autoridades que lo requieran. La Acordada establece un modelo oficial de Acta de Comparendo, que será de uso obligatorio en los 21 Juzgados de Paz y en la Asesoría de Menores.
El trámite requiere la presencia de quienes ejerzan la responsabilidad parental o la representación legal de la niña, niño o adolescente. También deberá concurrir la persona que será autorizada para acompañarla o acompañarlo durante el traslado. Todos los comparecientes tendrán que acreditar su identidad.
Fuentes consultas aclararon que la Acordada en cuestión ordena el procedimiento aplicable en los Juzgados de Paz y en la Asesoría de Menores, sin excluir las demás vías previstas por la normativa vigente. En este sentido, se indicó que la Resolución Nº 43/2016 del Ministerio de Transporte de la Nación autoriza, para la instrumentación de autorizaciones de viaje de niñas, niños y adolescentes, a escribanos, jueces competentes, autoridades competentes del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras autoridades administrativas y judiciales especialmente habilitadas.
Trámite
Para gestionar la autorización se deberá contar con DNI de las personas comparecientes, DNI de la niña, niño o adolescente, partida de nacimiento o documentación que acredite el vínculo, sentencia o instrumento correspondiente, cuando exista tutela, guarda o representación legal; información sobre el destino, las fechas y el motivo del viaje, datos del medio de transporte, alojamiento y contacto de la persona responsable. El organismo interviniente podrá solicitar documentación adicional cuando resulte necesaria para verificar la identidad, el vínculo o las condiciones del traslado.
El documento consignará el destino y el período autorizado, el medio de transporte, el lugar de alojamiento, los datos de contacto, el motivo del viaje y la identificación de la persona responsable del cuidado de la niña, niño o adolescente. La autorización tendrá validez exclusivamente para las fechas, el destino y las condiciones indicadas en el acta.
Destinos
El procedimiento podrá utilizarse únicamente para traslados fuera de Catamarca y dentro de la República Argentina. Las autorizaciones para viajar fuera del país continuarán sujetas a la legislación nacional vigente y no podrán realizarse mediante este trámite.
Justicia de Paz
Los Juzgados de Paz y la Asesoría de Menores verificarán la identidad de las personas intervinientes, controlarán la documentación presentada, registrarán la manifestación de voluntad y documentarán la actuación conforme al modelo aprobado por la presente, limitándose su intervención a dejar constancia de la comparecencia y de la voluntad expresada por las personas intervinientes, sin que ello implique autorización judicial del viaje ni pronunciamiento alguno respecto de su conveniencia, oportunidad o contenido.
La normativa también establece la creación de un Libro Único de Registro en cada Juzgado de Paz y en la Asesoría de Menores. Las autorizaciones serán asentadas cronológicamente y tendrán una numeración correlativa anual.
Cada dependencia conservará una copia del acta y de la documentación presentada, mientras que el ejemplar original será entregado a las personas interesadas. Con este nuevo procedimiento, la Corte de Justicia fortalece el servicio que prestan los 21 Juzgados de Paz y garantiza criterios comunes para las familias que realicen el trámite en cualquier punto de la provincia.
¿Qué se debe presentar?
Para gestionar la autorización se deberá contar con:
- Documento Nacional de Identidad de las personas comparecientes.
- Documento Nacional de Identidad de la niña, niño o adolescente.
- Partida de nacimiento o documentación que acredite el vínculo.
- Sentencia o instrumento correspondiente, cuando exista tutela, guarda o representación legal.
- Información sobre el destino, las fechas y el motivo del viaje.
- Datos del medio de transporte, alojamiento y contacto de la persona responsable.
- El organismo interviniente podrá solicitar documentación adicional cuando resulte necesaria para verificar la identidad, el vínculo o las condiciones del traslado.
¿Para qué viajes será válida?
El procedimiento podrá utilizarse únicamente para traslados fuera de Catamarca y dentro de la República Argentina. Las autorizaciones para viajar fuera del país continuarán sujetas a la legislación nacional vigente y no podrán realizarse mediante este trámite.