lunes 6 de abril de 2026
Abuso sexual eclesiástico

"No se observa que el obrar de la fiscal Yésica Miranda sea arbitrario"

El juez Lucas Vaccaroni rechazó el planteo de recusación que había hecho la defensa del cura Eduardo López Márquez.

La fiscal Nº 1, Yésica Miranda, seguirá investigando la segunda causa por abuso sexual en contra del cura Eduardo López Márquez. Ayer, el juez de Control de Garantías Nº 3, Lucas Vaccaroni, resolvió no hacer lugar a la recusación formulada por la defensa del sacerdote en contra de Miranda. Además, decidió no hacer lugar a las oposiciones planteadas por la defensa con respecto a dos declaraciones testimoniales que pidió incorporar la querella. En los fundamentos, el magistrado señaló que “no se observa que el obrar de la fiscal sea arbitrario”.

Para Vaccaroni, las presentaciones por escrito y en audiencia que hizo la defensa de López Márquez en contra de Miranda “adolecen del requisito mínimo de fundamentación”. En este sentido, consideró que “las ‘causas’ mencionadas de forma genérica tanto por escrito como de forma oral no se ajustan a ninguna de las previstas del Código Procesal Penal de Catamarca (CPPC). No solo no se mencionó la causa específica prevista en la norma procesal, tampoco las que se mencionaron tienen la suficiente entidad para fundar el apartamiento de la fiscal”.

Para Vaccaroni, “no resulta prudente formular un planteo de recusación ante la negativa fiscal en algunos actos. Si la defensa siente que se encuentran afectados derechos o garantías constitucionales y convencionales en las actuaciones, tiene toda la razón en instrumentar los remedios procesales previstos y no, como en este caso, una recusación ya que esta tiene como fundamento la objetividad técnica de la fiscal a la hora de llevar a cabo la investigación”.

El juez precisó que “el hecho de que uno de los defensores haya radicado una denuncia penal en contra de la fiscal, o incluso que uno de ellos haya mencionado una posible animosidad de la fiscal hacia una de las partes, no resulta suficiente para apartarla de la intervención de la causa”. En definitiva, resaltó que “no se advierte un trato diferenciado y arbitrario por parte de la fiscal para con la defensa en comparación con la querella. Lo que se advierte es que la fiscal tomó decisiones en base al debido proceso legal penal”.

Tras la resolución de Vaccaroni, se espera que avance la segunda causa en contra de López Márquez. En este expediente, el denunciante es Luis Monjes. Además, hay expectativas con los testimonios que brindarían Gustavo Batallán, el primer denunciante de López Márquez, y una hermana de Monjes, ambos para la segunda causa.

Fiscal

El 25 de abril de este año, el Ministerio Público Fiscal (MPF) dio a conocer que la causa, que en un principio fue instruida por el fiscal Nº 9, Jonathan Felsztyna, ahora está a cargo de Miranda.

En una primera instancia, el expediente se había tramitado en la Fiscalía Nº 9. Tras presentaciones realizadas por las partes, la causa fue elevada a la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos, que no hizo lugar a los planteos.

Posteriormente, fue remitida a Fiscalía General y derivada a la Fiscalía N° 1, donde continúa la investigación.

Miranda retomó las actuaciones y ordenó nuevas medidas de investigación, actualmente en curso.

En la causa se encuentra constituido como querellante el abogado Sebastián Ibáñez, en representación de la persona denunciante.

Los hechos denunciados habrían ocurrido entre 1997 y 2001, en la parroquia de la localidad de Chumbicha, departamento Capayán.

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