martes 14 de marzo de 2023

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Entre robos, homicidios y abusos sexuales

Mujeres adultas mayores, las víctimas más vulnerables

Cuatro casos advierten sobre su situación de vulnerabilidad. Sus agresores cumplen penas de entre 12 años y prisión perpetua.

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Las mujeres forman parte del grupo de personas socialmente vulnerables y dentro de éste, las mujeres adultas mayores se encuentran en una situación aún más delicada. De acuerdo con los antecedentes judiciales de los últimos seis años, cuatro hombres purgan condenas por distintos delitos con mujeres adultas mayores como víctimas. Los penados cometieron delitos contra la vida, contra la propiedad y contra la integridad. Sus víctimas tenían más de 60 años.

Entre el 8 y el 10 de septiembre de 2016, en Villa Parque Chacabuco, Cristian Javier “Chicho” Rojas (38) había ingresado a la casa de su víctima Ramona Ernestina Andrada (64) con fines de robo. La maniató, la estranguló y se llevó un radiograbador. En agosto de 2017, la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación lo condenó a la pena de 14 años de prisión. El fiscal Jorge Silva Molina había solicitado tal castigo. Los camaristas Fernando Esteban, Carlos Roselló y Fabricio Gershani Quesada, integraron el Tribunal que condenó a “Chicho” Rojas. Como tenía dos condenas cumplidas por robo, fue declarado reincidente por tercera vez, por lo que debe cumplir la condena en su totalidad, sin la posibilidad de gozar de algún beneficio, como salidas transitorias o libertad condicional.

En los fundamentos de la sentencia, los camaristas indicaron, entre otras cuestiones, que Rojas “sin lugar a dudas demostró cierto grado de peligrosidad y empecinamiento delictivo, al ejercer una excesiva violencia que terminó con la vida de la víctima”.

Los jueces advirtieron sobre la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima, que se trataba de una persona de avanzada edad que vivía sola, lo que le permitió acrecentar sus chances de cometer crimen. El testimonio de los testigos había puesto la lupa bajo Rojas como principal sospechoso en la muerte de Ramonita. Uno de los testigos contó que en una ocasión vio a la víctima conversando fuera de su casa, cerca de la puerta de ingreso, con “Chicho”. “Es una persona ‘jodida’, conocida como ‘chorro’ –por Rojas-. Ella –Ramonita Andrada- me comentó que esta persona le hacía algunos trabajos de tapicería en la casa”, recordó.

“Quedó debidamente demostrado que la muerte de la víctima se produce a raíz de la violencia ejercida por Rojas en oportunidad de ingresar a su casa a perpetrar el robo propuesto”, señalaron.

Misma modalidad

Dos hechos ocurridos con años de diferencias comparten un mismo modus operandi. En agosto de 2013, la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación declaró culpable a Alejandro “Gavilán” Vera por los delitos de “robo doblemente agravado por uso de armas y escalamiento” y “abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de armas”. La víctima era una mujer de 70 años. El Tribunal lo condenó a la pena de 18 años de prisión.

El fiscal Jorge Silva Molina había pedido una condena de 16 años y seis meses. El Tribunal finalmente unificó esa condena con una anterior, lo que elevó la pena a 18 años. El prontuario de Vera, pese a su escasa edad por entonces, sería uno de los más frondosos. El 24 de febrero de 2008, junto a otro individuo, habría perpetrado un hecho similar contra otra anciana. En ese tiempo Vera tenía 16 años y su cómplice, 15. Según trascendió en ese momento, ambos adolescentes ingresaron por el techo a la vivienda de uno de los propietarios del taller de auxilio mecánico conocido como Catamarca Assisten, ubicado sobre Chacabuco, y se dirigieron al dormitorio donde la mujer de 67 años dormía. Sin causa aparente, movidos únicamente por la saña y el efecto de las drogas, los ladrones apuñalaron a la mujer en distintas partes del cuerpo y le provocaron heridas de gravedad en la cabeza y en el tórax.

A finales de febrero último, los jueces Marcelo Soria, Patricia Olmi y Jorge Palacios de la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Tercera Nominación condenaron a un hombre a la pena de 12 años, al haber sido hallado culpable por los delitos de “robo doblemente calificado por escalamiento y por lesiones” y “abuso sexual con acceso carnal”.

Si bien el acusado había llegado a debate por el robo, las lesiones y la agresión sexual, ésta última era “abuso sexual simple”. La víctima relató la agresión sufrida y tras escuchar su testimonio, el fiscal de Cámara Miguel Mauvecín amplió la acusación a “abuso sexual con acceso carnal”. A la vez, había pedido una pena de 13 años de prisión.

San La Muerte

En julio de 2020, Petrona Centeno (77) fue ultimada de manera violenta en la Villa de Pomán. Por este crimen, la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación, integrada por los jueces Fernando Esteban, Carlos Moreno y Mauricio Navarro Foressi, halló culpable a Lucas Carrizo por el delito de “homicidio doblemente calificado por criminis causa y ensañamiento” y lo condenó a la pena máxima: prisión perpetua.

Carrizo contó que la noche previa al crimen estaba en un festejo, con amigos. Reconoció que había aspirado nafta y consumido alcohol. En ese festejo, Carrizo y un amigo suyo habían fumado marihuana. “Hay una casa para reventar. En la casa no hay nadie”, le habría dicho su amigo al acusado, según su versión.

Al llegar a la casa, había intentado abrir la puerta pero no pudo. Su amigo habría abierto la puerta de una patada. Tras ingresar, la mujer estaba dentro, en su habitación. Carrizo indicó que Petrona reconoció a su amigo. “Por favor, no me hagas esto”, recordó el imputado que había dicho la mujer al ver a su amigo. Su amigo le habría dado dos cachetadas.

“Soy culpable; soy responsable. No sé qué me pasó. Apuñalé a la señora. No era mi intención quitar la vida. Íbamos a cometer un robo. Mi amigo se fue y me dejó tirado. No puedo tener la conciencia tranquila. La idea era ir a robar. Me entregué solo. Mi amigo tuvo la idea. Quiero que los dos paguemos. Sé que debo pagar el daño que hice. Quiero que las cosas sean justas. Soy culpable; no me vengo a lavar las manos. Hice un daño grave. Hay noches que no duermo… Pido perdón a mi madre”, expresó.

Ley 5568 contra el abuso y maltrato de este grupo

Oportunamente, desde la Secretaría de Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia se había advertido que las personas adultas mayores (PAM) al igual que chicos y chicas y las personas con discapacidad conforman un grupo de personas que requieren una tutela especial por encontrarse en situación de vulnerabilidad. “La vulnerabilidad está asociada a la condición evolutiva, ya que se encuentran atravesando un proceso gradual de cambios en diferentes niveles, biológico psicológico, social, y funcional. En muchos casos, nos encontramos con personas que requieren de asistencia. Es una población dependiente que necesita del ‘otro’, para poder desenvolverse y llevar una vida digna”, habían explicado.

Dada esta situación, a finales de 2018, en Catamarca entró en vigencia la Ley Provincial 5568 de Regulación de la prevención y protección integral contra el abuso y maltrato de los adultos mayores. La normativa catamarqueña se encuentra en consonancia con la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Ésta cuenta con rango constitucional, a través de la Ley Nacional 27360, de mayo de 2017. Sin embargo, en la práctica, las personas adultas mayores, víctimas de violencias invisibilizadas y naturalizadas, se encuentran desprotegidas.

Referencia

Ante una posible situación de violencia contra personas adultas mayores, la Dirección Provincial de Adultos Mayores se encuentra ubicada en Pasaje Vucetich 252. También se puede dirigir a la Secretaría de Familia, pabellón 24 del CAPE o en las Unidades Judiciales.

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