Esta semana la Corte de Justicia dejó firme el sobreseimiento dictado a favor de Eduardo Leopoldo Campos, un hombre que fue condenado en el 2022 por un accidente fatal ocurrido once años atrás. Sí, más de una década tuvieron que esperar los deudos de la víctima y el propio Campos para conocer el desenlace del proceso judicial.
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Justicia lenta no es justicia
El hombre conducía un automóvil por la ruta 46 en Pomán y tras un vuelco perdió la vida una de las ocupantes del rodado, Lorenza Valdez. El accidente de tránsito ocurrió el 12 de mayo de 2011. Ese fue el principio del tortuoso camino que tuvieron que atravesar la familia de Valdez y el acusado.
En el 2014 la Fiscalía de la Segunda Circunscripción Judicial, que atiende casos de los departamentos Andalgalá y Pomán, elevó la causa a juicio y tras unos planteos defensivos, dos años después, el expediente recién ingresó al Juzgado Correccional N° 1. En el 2016 la defensa de Campos pidió la suspensión del juicio a prueba o más conocida como probation. Esto es que el acusado no sea sometido a un juicio tradicional y se le impongan reglas de conducta por un tiempo determinado. Finalmente la defensa desistió de esta modalidad y Campos quiso enfrentar el juicio. Antes del debate, el abogado del conductor pidió que sea sobreseído porque la causa estaba prescripta por el tiempo transcurrido. El planteo fue desestimado y el debate se abrió.
Más de diez años después Campos estuvo sentado frente al juez Correccional, Marcelo Forner. Fue condenado a 2 años y 6 meses de prisión en suspenso. El exceso de velocidad y el hecho de haberse cruzado de carril fueron algunos de las pruebas valoradas para sentenciarlo. Una vez conocidos los fundamentos de la sentencia, la defensa insistió en el sobreseimiento y la Corte de Justicia hizo lugar al planteo. La condena fue dejada sin efecto, no porque no existiera responsabilidad penal sino porque la causa ya estaba prescripta. La resolución del máximo tribunal se conoció en febrero de 2023, un año después luego de que Campos fuera condenado.
La Fiscalía intentó “salvar” la causa y presentó un recurso extraordinario ya que consideraba que la resolución de la Corte de Justicia era “arbitraria”. El máximo tribunal entendió que la probation no suspende los plazos de la prescripción y ratificaron el sobreseimiento de Campos, y ordenaron el archivo de la causa.
El caso es un ejemplo del colapso en el sistema judicial pero con especial foco en los Juzgados Correccionales, en donde ingresan causas por violencia de género (lesiones, amenazas, violación de domicilio), accidentes de tránsito fatales, grooming, entre otros. La mora judicial se impone.
Puertas adentro señalan la falta de personal y recursos como causantes. En tanto que desde afuera, las críticas apuntan a la desidia y negligencia de los operadores judiciales como factor desencadenante del andar tortuguesco.
La Corte, en el caso Campos, tomó nota y ordenó que se abra un sumario para determinar “si cabe atribuir responsabilidades administrativas por el excesivo trámite de la causa”. Restará esperar si la investigación interna conduce a el o los responsables en el caso. Mientras tanto la frase de Séneca seguirá resonando en los pasillos tribunalicios: “Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía”.
En los Juzgados Correccionales ingresan causas por violencia de género, accidentes de tránsito fatales, grooming, entre otros. La mora judicial se impone.