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El fallo condenatorio quedó firme

Joven condenado por abuso fue trasladado al Servicio Penitenciario

En 2020, cuando era adolescente, agredió a una niña. En 2023 fue condenado a cinco años y cinco meses.

4 de mayo de 2024 - 01:05

En marzo de 2023, la Cámara de Sentencia Penal Juvenil declaró culpable a un joven en el delito de “abuso sexual con acceso carnal”. El hecho sucedió en 2020; por entonces él tenía 16 años y la víctima siete. Recientemente, el fallo condenatorio quedó firme y el joven fue trasladado al Servicio Penitenciario Provincial, en Capayán.

El juez Penal Juvenil Rodrigo Morabito había impuesto una pena de cinco años y cinco meses. No obstante, hasta que el fallo condenatorio quedara firme, el joven permanecía con prisión domiciliaria y dispositivo electrónico.

A principios de julio último, la defensa del imputado presentó un recurso de casación y un pedido de control jurisdiccional. De esta manera, el supremo tribunal revocó la prisión domiciliaria al joven y ordenó que se le retire el dispositivo electrónico. También dispuso restricciones de acercamiento, entre otras medidas, hasta tanto la condena quedara firme.

Una vez notificadas las partes de esta resolución, en el ámbito del Tribunal Penal Juvenil se llevó a cabo una audiencia de control de medidas de restricción. La defensa propuso un nuevo domicilio para el joven. Tanto la querella como la Fiscalía adhirieron. El joven no podrá acercarse a 500 metros de la víctima y los vínculos familiares podrá mantenerlos en su nuevo domicilio.

La querella había manifestado que “la Corte revocó la domiciliaria ordenada por el juez a pesar de que la estábamos esperando que se resuelva la casación presentada por la defensa, en contra del fallo del juez Morabito. Es gravísimo que no se haya tenido en cuenta que este sujeto, actualmente mayor de edad, vive a tan solo 10 metros de la casa de la víctima. El sujeto se para en la vereda y mira todo el tiempo a la casa de la víctima. Presenté pruebas, fotos”.

En los fundamentos, el magistrado indicó que “no existen dudas acerca de la existencia de un hecho de violencia sexual del que fue víctima la niña y tampoco existen dudas acerca de la autoría por parte del joven”. “Los niños no mienten (…) si bien los padres a veces son negadores”, destacó el juez. La niña guardó el secreto de la mala experiencia que sufrió pero, a los pocos días, se animó a contarle a su mamá. La madre le creyó. Juntas se presentaron en la Unidad Judicial más cercana a su casa y realizaron la denuncia penal.

Según Morabito, la existencia de una violencia sexual fue corroborada explícitamente por las especialistas, quienes dieron cuenta de la sintomatología que presentaba la niña. Al respecto, se destacó que esta violencia sexual llevada adelante por el acusado generó que la niña sufriera serias consecuencias traumáticas para su psiquis y desarrollo.

“Evidentemente, lo aquí plasmado se condice claramente con la presencia de una niña víctima de violencia sexual por parte de una persona a quien ella le tenía confianza, quien valiéndose y aprovechándose de esa circunstancia, ejercía sobre ella el poder suficiente para someterla sexualmente y esa persona no es otra que el joven”, sostuvo.

Problemática

En este sentido, advirtió que la violencia sexual hacia las niñas y las adolescentes tiene origen en la violencia de género, en la desigualdad de poder históricamente existente entre hombres y mujeres. “Esto explica en parte por qué en los abusos sexuales la mayoría de los menores de edad abusados son niñas. La violencia hacia los más vulnerables no es nueva y se debe hacer el esfuerzo para que el tema siga estando en la agenda pública, para que se profundicen las políticas, que los mecanismos de acción y respuestas mejoren y se produzcan conocimientos que impliquen un cambio en la realidad actual”, consideró.

Además, dejó asentado que la violencia sexual constituye no solo una manifestación de violencia basada en género, sino que, además y específicamente cuando es dirigida contra la mujer, refleja desigualdades de géneros y patrones socioculturales de discriminación que existen en una sociedad respecto de la mujer. “Por otra parte, no tengo duda alguna que la violencia sexual contra las mujeres, las niñas y las adolescentes es una forma de discriminación que impide gravemente el goce de derechos y libertades en pie de igualdad con los hombres”, manifestó.

Daños

La vulnerabilidad en estos casos reside en el hecho de que chicos y chicas, por su inocencia, condición física o sexual no comprenden la criminalidad de los ultrajes, más aún cuando el agresor es padre o un familiar cercano. “Estos agresores se aprovechan del amor y la confianza. Niños, niñas y adolescentes advierten que algo malo está sucediendo; suelen reprimir los recuerdos y tienden a normalizar o tolerar aquellos actos degradantes y tortuosos, quedando atrapados en un círculo de silencios y secretos familiares”, explicaron especialistas en esta temática.

Delito contra la niñez

El abuso sexual en la infancia (ASI) es una de las formas de violencia más extrema que niños, niñas y adolescentes pueden sufrir. No obstante, el dato más importante que advierten los profesionales en esta temática es que en la gran mayoría de los casos se trata de abusos sexuales intrafamiliares: padre, abuelo, hermano, tío o primo son los principales sospechosos.

La Línea 102 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes funciona las 24 horas, los 365 días. Es un medio para denunciar.

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