Alrededor de las 3 de la madrugada de ayer en un local bailable ubicado en avenida 9 de Julio de la ciudad de Santa María, personal de la comisaría departamental arrestó a dos jóvenes de apellidos Cáceres (24) y Escalante (29). Según se precisó, ambos habrían intentado agredir físicamente a los efectivos que cumplían servicio adicional en el lugar para luego amenazarlos.
Ante lo acontecido, los sospechosos fueron trasladados y alojados en la seccional. A la vez, quedaron a disposición de la Fiscalía de la Cuarta Circunscripción Judicial.
Más tarde, a las 6.30, en la intersección de la avenida México y calle Pedro Agote, efectivos de la comisaría Cuarta demoraron un muchacho de 21 años de apellido Sotomayor. Al respecto, se detalló que el joven habría sido sorprendido infringiendo las disposiciones establecidas en el Código de Faltas de la Provincia. Por ello, el sospechoso fue alojado en la dependencia policial, donde se labraron las actuaciones correspondientes.
En tanto que pasada la medianoche de ayer, personal de la comisaría de Tapso, Santa Rosa, arrestó a un joven de apellido Lindón, de 23 años. El muchacho habría causado un desorden en la vía pública. Por ello, quedó alojado en la dependencia policial por una supuesta infracción al Código de Faltas de la Provincia.
En Capital
Casi al mismo tiempo, en otro hecho registrado en la Capital, personal de la comisaría Cuarta, mientras realizaba recorridos de prevención por la esquina de las calles Antártida Argentina y Luis de Medina, del barrio Las Flores, en la zona norte de la urbe, demoró a un joven de apellido Ramos, de 22 años. Fuentes policiales aseguraron que el muchacho se habría negado a identificarse. Dada la situación, el sospechoso fue trasladado y alojado en la dependencia policial por una supuesta infracción al Código de Faltas de la Provincia.
El Código de Faltas está regido por la Ley Provincial 5171, que data de 2005. Las disposiciones de este Código se aplicarán a las faltas que en él se tipifican y que sean cometidas en el territorio de la provincia de Catamarca. "Cuando un hecho cayere bajo la sanción de este Código y de ordenanzas municipales, será juzgado únicamente por la autoridad municipal competente, con exclusión de la autoridad provincial", se advierte.