La fiscal de Instrucción N° 1 del Distrito Sur, Yésica Miranda, imputó e indagó a una mujer por la supuesta comisión del delito de “impedimento de contacto de un menor de edad con su progenitor no conviviente de manera permanente”, en calidad de autora.
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Impedía contacto entre hija y padre
Durante la indagatoria, la imputada estuvo asistida por un abogado particular y prestó declaración. Su identidad se mantiene en reserva para preservar la intimidad de su hija adolescente. En el marco de la investigación penal preparatoria, la Fiscalía incorporó la denuncia, declaraciones testimoniales e informes, entre otros elementos que sustentaron la imputación.
Hecho
Según la imputación, entre 2018 y febrero de 2026, la mujer habría impedido de manera deliberada y sostenida el contacto de su hija con el progenitor no conviviente.
La conducta atribuida se habría mantenido pese a que la imputada tenía conocimiento de un convenio de parentalidad homologado judicialmente, que contemplaba el régimen de comunicación y de distintas resoluciones de los juzgados de Familia que ordenaban iniciar y restablecer el proceso de revinculación entre el padre y su hija.
En Argentina, el impedimento o la obstrucción permanente de contacto de un menor con su progenitor no conviviente es un delito tipificado por la Ley 24270. El delito es reprimido con prisión de 1 mes a 1 año el padre, madre o tercero que, de forma ilegal, impida u obstruya el contacto de un menor de edad con su progenitor no conviviente.