Condenados por agresión sexual buscan casar el fallo

"El relato de la víctima fue contundente, ratificó la denuncia"

La Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación halló culpables a Gabriel Leiva y a Emanuel Agüero por el delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado" y los condenó a 10 años de prisión.
18 de junio de 2023 - 00:50

Gabriel Leiva y Emanuel Agüero fueron hallados culpables por la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por dos personas, un hecho continuado”. Ambos fueron condenados a la pena de 10 años de prisión. No obstante, mantienen la libertad hasta que el fallo quede firme.

De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, los abogados defensores Luciano Rojas y Pedro Justiniano Vélez presentaron un recurso de casación ante la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca. A la vez, solicitaron que se realice, de manera oral, la audiencia de expresión de agravios.

A finales de abril se inició este debate por agresión sexual. El Tribunal estuvo integrado por los jueces Fernando Esteban, Mauricio Navarro Foressi y Rodrigo Morabito. El Ministerio Público Fiscal fue representado por la fiscal Daniela Barrionuevo, quien estuvo acompañada por el abogado de la querella Claudio Contreras.

El grave hecho de violencia sexual sucedió a principios de julio de 2018. La joven se encontró con los acusados. Leiva y Agüero, “con la clara finalidad de menoscabar la integridad sexual de la joven”, la llevaron hasta una vivienda en Valle Viejo. Según la investigación, los imputados habrían engañado a una joven. Supuestamente, iban a realizar una entrevista de trabajo pero abusaron sexualmente de ella. La denunciante pudo pedir ayuda. Cuando personal policial pudo ingresar al inmueble, los agresores fueron arrestados y la joven rescatada.

Para los magistrados, el hecho de violencia sexual quedó acreditado. “Para arribar a una sentencia condenatoria debemos contextualizar la ocurrencia de los hechos en debate”, advirtieron. El norte –según asentaron en los fundamentos de la condena- es evitar la impunidad en crímenes de género, a fin de no enviar el mensaje a la sociedad de que la violencia contra la mujer es tolerada, generando ello un sentimiento y sensación de inseguridad en las mujeres y a su desconfianza en el sistema de administración de justicia.

“El relato de la víctima, quien fue contundente, ratificando lo manifestado acabadamente en su denuncia y posterior declaración testimonial, y no menos importante su declaración, ampliada en debate y que fuera conteste con la declaración de su madre, su expareja e informe psicológico pericial. Decimos que surge notable el contexto de violencia a la cual fue sometida, expresión que contiene no sólo el abuso físico sino también sexual y psicológico del que resultó víctima”, precisaron.

Valoración

Además, el Tribunal manifestó que, de acuerdo con el nuevo paradigma judicial, surge la obligación de juzgar con perspectiva de género todos los casos en los que se encuentren vulnerados los derechos de las mujeres, en especial en aquellos de violencia sexual. “Nos parece trascendental otorgar relevancia al testimonio de la mujer víctima de violencia en el presente caso”, consideraron.

En relación con los condenados, los jueces señalaron que obran como pautas de mensuración en su perjuicio como agravante del monto de la pena a imponer “la naturaleza de la acción deleznable desde todo punto de vista. No tenemos duda alguna de que la violencia sexual contra mujeres (como el presente caso) es una forma de discriminación que impide gravemente el goce de derechos y libertades en pie de igualdad con los hombres. Se vio violentada física, sexual y psicológicamente por Agüero y Leiva, quienes aprovecharon la situación de vulnerabilidad de la víctima”, aseguraron.

La denunciante pudo contar su versión en debate. Para declarar ante el Tribunal, fue asistida por la una psicóloga de la Oficina de Asistencia a la Víctima de Delito del Poder Judicial. La joven mantuvo su denuncia y ratificó los hechos por los que Leiva y Agüero fueron imputados y condenados. Entre otros testimonios, se destacó el de la psicóloga, que constató su condición de víctima, y el de su exnovio.

Problemática

La violencia sexual es cualquier actividad o contacto sexual que ocurre sin consentimiento. Puede involucrar fuerza física o amenaza. También puede ocurrir debido a coerción o amenazas. Si usted ha sido víctima de violencia sexual, no es su culpa. La violencia sexual nunca es culpa de la víctima.

La agresión sexual, el abuso sexual, el incesto y la violación son todos tipos de violencia sexual. La violencia sexual es un problema de salud pública grave. Afecta a personas de toda edad, género, orientación sexual, raza, capacidad intelectual, religión y clase socioeconómica.

Estas agresiones ocurren con más frecuencia en las mujeres pero los hombres también pueden ser víctimas. No obstante, La violencia sexual es cometida con mucho más frecuencia por hombres. A menudo, es alguien que la víctima conoce. El perpetrador -persona que causa la violencia sexual- puede ser un miembro de la familia, persona en una posición de autoridad o influencia en la vida de la víctima, pareja íntima o cónyuge, amigo o compañero de trabajo.

Ante un hecho de violencia sexual, cuanto antes se debe buscar un lugar seguro. Es importante poder pedir ayuda a alguien de confianza y acudir a un centro de salud para que se tomen las medidas más urgentes para resguardar la salud. Realizar la denuncia y poner en conocimiento a las autoridades es el primer paso al iniciar la investigación.

La violencia contra la mujer constituye un grave problema de salud pública y una violación de los Derechos Humanos de las mujeres.

Debate por agresión sexual

Leiva y Agüero fueron declarados culpables por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por dos personas, un hecho continuado".

El Tribunal estuvo integrado por los jueces Fernando Esteban, Mauricio Navarro Foressi y Rodrigo Morabito.

El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal Daniela Barrionuevo, quien fue acompañada por el abogado de la querella Claudio Contreras.

La defensa fue ejercida por los abogados particulares Luciano Rojas y Pedro Justiniano Vélez.

Para poder declarar, la denunciante fue asistida por una psicóloga de la Oficina de Asistencia a la Víctima de Delito del Poder Judicial.

El veredicto se dio a conocer el 4 de mayo último.

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