jueves 8 de octubre de 2026
Caso Raymundo Barrionuevo

"El imputado, estando en libertad, puede entorpecer la investigación"

Dardo “El Peque” Condorí, imputado por homicidio, espera el juicio en su contra privado de la libertad.

Como se consideró en las instancias de Control de Garantías y Apelaciones, para la Sala Penal de la Corte de Justicia existe riesgo procesal en torno a la causa por el crimen de Raymundo “Gringo” Barrionuevo. Dardo “El Peque” Condorí fue imputado por el delito de "homicidio doblemente calificado por ensañamiento y criminis causa". El hecho de sangre sucedió en enero del año pasado en la zona oeste de la Capital.

La investigación estuvo a cargo del fiscal de Instrucción de Novena Nominación, Jonathan Felsztyna. Oportunamente, el juez de Control de Garantías de Tercera Nominación había confirmado la detención al sospechoso del crimen de “Gringo” Barrionuevo. “El imputado es familiar directo, yerno de la víctima, pareja de una de las hijas, padre de un nieto de la víctima y amigo de uno de los testigos. Por lo tanto, Condorí, por su cercanía y el conocimiento de los movimientos y las circunstancias del caso podría influir tanto en su mujer (hija del occiso), en sus sobrinas, cuñados, y además en su amigo afectando o influyendo con lo que tengan que decir. Ello que podría robustecer o no la teoría del caso sostenida por el Ministerio Público Fiscal”, detalló.

Además, señaló que, de acuerdo con el relato de algunos testigos, se advierte que Condorí “posee una conducta agresiva y abusiva”. Dada esta situación se teme que amedrente a algunos testigos.

“Resulta prudente confirmar la detención de Condorí y mantenerlo privado de su libertad mientras se cumplan dichas medidas probatorias a los efectos de que Condorí no interfiera”, había considerado el magistrado.

La defensa de “El Peque” Condorí presentó un recurso en la Cámara de Apelaciones en la Penal y de Exhortos. No obstante, el pedido de prosperó. Insistió en la presentación de un recurso de casación en la Corte de Justicia. Recientemente, la Sala Penal del supremo tribunal de Justicia de Catamarca resolvió, por mayoría, no hacer lugar al planteo presentado y confirmar la resolución del Tribunal de Alzada. Es decir, debe continuar detenido hasta la realización del juicio en su contra. Por la imputación que pesa sobre Condorí, la causa continuará su trámite en la Oficina de Gestión de Audiencia (OGA) del Poder Judicial para llevar a cabo un juicio por jurados.

El ministro Hernán Martel, con adhesión de su par Verónica Saldaño fallaron en este sentido. En tanto que la ministra Fernanda Rosales Andreotti consideró que se podía otorgar la detención domiciliaria al imputado.

Los ministros Martel y Saldaño adujeron que el dictado y mantenimiento de la prisión preventiva como medida de restricción de la libertad durante etapas procesales en las que impera el principio constitucional y convencional de inocencia, está sujeta a la demostración de criterios de necesidad, proporcionalidad, razonabilidad. El objetivo concreto es evitar que el acusado impida u obstaculice el normal desarrollo del proceso o eluda la actuación judicial.

“El imputado puede, estando en libertad, entorpecer la investigación, influir en los testigos –muchos de ellos amigos y familiares suyos y de la víctima- e incluso eludir la acción judicial considerando que su propia pareja declaró que Condorí solía ‘desaparecer’ por varios días (en forma previa al hecho) sin que nadie supiera dónde estaba y que incluso en las diversas declaraciones prestadas en el proceso el imputado mencionó distintas viviendas ubicadas en distintos barrios como ‘su domicilio’. Todo lo que hace presumir su falta de arraigo con la consecuencia gravosa que ello podría implicar en la marcha del proceso”, se precisó.

Además, se indicó que la defensa, en la presentación del recurso de casación, no expuso agravios concretos. Solo se hizo mención de “una escueta referencia” relativa a que Condorí no posee recursos para evadir la justicia. “En consecuencia, no se encuentra acreditada la arbitrariedad, error o inobservancia de la ley o apartamiento de las reglas de la sana crítica racional en el fallo en crisis, que permitan revocar la solución allí arribada”, se advirtió.

Disidencia

Tras conocer la decisión de la Sala Penal, el abogado defensor de Condorí, Marcos Gandini, explicó que no había motivo para que su asistido permaneciera privado de la libertad en el Servicio Penitenciario Provincial. En declaraciones a El Ancasti, el defensor remarcó que la ministra Rosales Andreotti “le ha dado la razón a esta defensa en el sentido de considerar que no había riesgo procesal. No estaba acreditado bajo ningún punto de vista que mi defendido se fuera a dar a la fuga o fuera a entorpecer el proceso. Por ese motivo es que ella ha votado en disidencia”.

En su voto, la ministra Rosales Andreotti indicó que “todas las personas deben ser consideradas y tratadas como inocentes hasta tanto sean declaradas culpables conforme a una sentencia firme consecuencia de un debido proceso”. Por ello consideró que el análisis de la medida privativa de libertad en este caso concreto “se debe efectuar a la luz de los requisitos de necesidad, razonabilidad, proporcionalidad y excepcionalidad que caracterizan a esta medida cautelar restrictiva de la libertad”.

También, la ministra Rosales Andreotti indicó que no se debe perder de vista que, para sostener la prisión preventiva, no solo debe acreditarse la probable participación del imputado en el delito con elementos de convicción suficientes, sino también deben verificarse en la causa los riesgos procesales. “En este sentido, el peligro procesal consistente en la posibilidad de impedir u obstaculizar la investigación y/o evitar la aplicación de la ley penal, debe ser acreditado en el caso concreto basado en circunstancias objetivas. Nada indica que la falta de coincidencia del domicilio consignado en el DNI y aquel que denuncia como su residencia habitual sean indicadores de que en caso de encontrarse en libertad se podría dificultar la ubicación del imputado, cuanto más si piensa en que la persona puede cambiar de domicilio y ello se verifica instantáneamente por el hecho de trasladar la residencia de un lugar a otro con ánimo de permanecer en ella”, explicó.

Expediente

  • 15 de enero de 2023. Entre las 7.30 y las 8.40 habría sido asesinado Raymundo Barrionuevo en su casa en el barrio San Ramón, en la ciudad Capital.
  • 16 de enero. Alrededor de las 11 es encontrado el cuerpo por Rafael, uno de los hijos de Barrionuevo. El hombre había ido a llevarle la comida para el almuerzo. Su padre estaba tendido en el comedor sobre un reguero de sangre. Había un gran desorden en toda la vivienda.
  • 24 de enero. Condorí fue arrestado tras un allanamiento en la ciudad.
  • 25 de enero. El fiscal de Instrucción en feria, Alejandro Gober, detuvo e imputó a Condorí por homicidio doblemente calificado.
  • 26 de enero de 2023. Fue indagado y se abstuvo de prestar declaración. Lo acompañó un defensor oficial en esa ocasión.
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